Es una pensión que se te otorga si sufres una enfermedad o accidente no laboral, con la finalidad de esta protegido económicamente durante el periodo que no puedas trabajar. Esta solicitud de pensión por invalidez en afore la podrás realizar siempre que el asegurado tenga dictaminado el estado de invalidez por un médico del IMSS.
Documentos necesarios para la solicitud de la pensión por invalidez en afore
Para poder ejercer el derecho a la pensión de invalidez debes entregar los siguientes documentos:
- Identificación oficial con fotografía y firma (en original y copia)
- Algún documento que contenga el Número de la Seguridad Social en original (emitido por el IMSS, Infonavit o afore.
- Copia certificada por el Registro Civil del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento, debe ser original, para que se quede en el expediente.
- CURP o una impresión de la misma obtenida a través de la página de internet del Registro Nacional de Población (original y copia).
- Documentos de la afore: estado de cuenta, una impresión obtenida de la página de internet de la afore, no superior a 6 meses de antigüedad y solo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997 (original y copia).
- Comprobante de domicilio no superior a 3 meses. No es necesario que este a tu nombre.
- Constancia de registro en el RFC (original y copia). Esto no será necesario si te encuentras registrado en el sistema de pensiones del Instituto.
Este trámite se resolverá en un plazo máximo de 21 días naturales para casos de Ley del Seguro Social 1973 y 30 días naturales para casos de Ley del Seguro Social 1997.
Modalidades en la pensión por invalidez en afore
Esta pensión será diferente dependiendo de en qué régimen te encuentras.
- Si empezar a cotizar en el IMSS antes del 1º de julio de 1997, podrás elegir entre:
- Si la pensión es pagada por el IMSS: recibirás una pensión mensual el resto de tu vida y podrás retirar de tu afore en una sola exhibición parte de los recursos de tu cuenta individual.
- Si la pensión es pagada por la aseguradora: la llamada renta vitalicia, la cantidad que tienes ahorrada en tu afore se utilizará para financiar la pensiones de tus beneficiarios en caso de fallecimiento. Además, tendrás la posibilidad de retirar de tu afore en una sola vez, parte de los recursos de tu cuenta individual, siempre que se te haya dictaminado una pensión del 50% o más.
- Si empezaste a cotizar después del 1º de julio de 1997, no tendrán derecho a elección de pensión pagada por el IMSS.
Una vez hayas solicitado la pensión por invalidez, deberás llevar a cabo los exámenes previos y los tratamientos médicos prescritos por los servicios médicos institucionales, si no se te suspenderá el pago de la pensión. También te someterán a investigaciones de carácter médico, social y económico para comprobar si existe y permanece el estado de invalidez.