Hola, Las percepciones que tengas influyen en el cálculo de las devoluciones, pero también los gastos que son deducibles, es decir, ambas cosas cuentan. Saludos.
Buenas noches, Es el notario quein hace le cálculo y la retención. Pero aproximadamente se calcula así: Un inmueble con un precio superior a los $3,498,600.01 (límite inferior) tiene una cuota fija de $1,097,220.21 y un 35 por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior. Saludos.
Hola, El fundamento que dices lo encuentras en las exenciones en la ley del ISR. Para no pagar el ISR en un producto como este deberás tener 60 años al momento de recibirlo y haberlo contratado al menos 5 años antes. Por otro lado, si son seguros relacionados con bienes de activo fijo sí pagan ISR. Saludos.
Hola, No es incorrecto presentarla, es decir no tendrás problemas, pues como dices acá generaste ingresos y es por eso que el SAT en México te tiene considerado en sus registros.
Hola, La actual declaración es del periodo 2017, así que si durante ese año tuvo empleo no hay ningún problema porque el patrón hace las declaraciones mientras sus ingreso sno sean mayores a 400 mil pesos al año. Saludos.
Hola, Lo más probable es que tengas que hacer una actualización de algún dato, la FIEL, la SIEC o algo así. Debes ir a un módulo del SAT y mencionar este mensaje, ellos ahí mismo te resolverán esta situación. Saludos
Hola, Para empezar estás obligado a hacer la declaración si ganas más de 400 mil pesos en un año. Para quienes ganan menos de eso la empresa los hace por sus trabajadores y conviene renunciar a ello sólo si hay gastos que podamos deducir. Sí se puede deducir el gasto de un teléfono celular siempre y cuando tu régimen ante Hacienda lo permita, pues ahí se ve si es una herramienta indispensable para ejercer tu actividad económica. En cuanto al dinero extra que recibes, si es poco no hay tanto problema. Si hacienda (en el lejano caso) te pidiera que expliques a qué se deben esos depósitos tendrías que explicarlo, pues si te pide na entrevista es porque puede sospechar que son ingresos que no le reportas. En cuanto a abriri otra cuenta para recibir tus otros pagos no tendría mucho caso, pues hacienda tiene forma de rastrear tus ingresos sin importar si son en cuentas diferentes del mismo banco u otro. En cuanto a los cuartos que rentas tendrías que notificar que recibes ingresos por arrendamiento y para ello tendríasqu eir al SAT a hacerlo. Saludos.
Hola, Pero ¿estás obligada a declarar? ¿quieres deducir algo? No todas las personas están obligadas a declarar y quienes no tienen esa obligación lo hacen para deducir algo ¿es ese tu caso? Saludos.