Hola Rosalio,
La propuesta inicial de exentar del ISR a todos los pensionados fue desechada por la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, de forma que el ISR es solo exento para aquellos jubilados y pensionados que estén por debajo de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Ello se fundamenta en el artículo 93 de la LISR:
Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto no exceda de quince veces la Unidad de Medida y Actualización, el beneficio previsto en la Ley de Pensión Universal. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título"
Saludos!