Buen día, puede checar todo el procedimiento para deducir los pagos por su crédito infonavit en este post: Declaración de impuestos Infonavit: ¿Cómo deducir los pagos por tu crédito? Saludos
Buen día, estarás exento de presentarla en caso de que hayas obtenido ingresos por salarios y que, en su caso, también hayas obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20,000 pesos. Acá puedes checar la información completa: https://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicas Saludos
Hola, ¿El año pasado residió en México? En caso afirmativo, se considera residente a efectos fiscales y tendría que hacer la declaración en México. Declarando por tanto esta venta. En caso de no ser residente el año 2018, deberá realizar la declaración en Estados Unidos y según su regulación declarar la venta como ingresos en el extranjero. Le agrego este post: https://www.rankia.mx/blog/sat-servicio-administracion-tributaria/3778517-extranjeros-que-estan-obligados-pagar-impuestos-mexico Saludos
Hola Nestor, efectivamente está obligado a presentar la declaración puesto que recibe ingresos por salarios y además otros ingresos adicionales como es la pensión. Le invito a checar el post donde se desarrolla: https://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2672870-quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-anual-personas-fisicas Saludos
Buenos días, Tendrás obligación de presentar la declaración en caso de que los ingresos totales, contenidos en la declaración, excedan de 500,000 pesos incluido el monto recibido en la herencia. También te recomiendo checar el post sobre impuestos aplicables a donaciones y herencias https://www.rankia.mx/blog/sat-servicio-administracion-tributaria/3222790-impuestos-donaciones-herencias Saludos
Buenos días, acá tienes todo lo relacionado con la deducción de colegiaturas: Deducción de colegiaturas ISR: requisitos, límites y procedimiento Saludos
Buenos días, Tal y como recoge la web del gobierno en relación al régimen de incorporación fiscal En Mis Cuentas, Mis declaraciones/Incorporación fiscal/Declaración, en el campo Compras y gastos pagados, ¿qué debe considerarse, el total de lo facturado o el subtotal quitando el IVA? Se considera el subtotal, sin incluir el IVA. Por tanto, efectivamente en su declaración tendrá que agregar el subtotal sin IVA
Hola Abel, Tenemos un comentario anterior en el que se detalla todo lo relacionado con seguros médicos mayores y su deducción: https://www.rankia.mx/foros/impuestos-mexico/temas/3905897-deduccion-gastos-medicos-mayores Le ley especifica que solo será deducibles las primas de seguros por gastos médicos complementarios o independientes al sistema de salud público, siempre y cuando sea para el propio contribuyente, cónyuge, concubino, padres o hijos Saludos