Hola, Te recomiendo checar unos análisis muy interesantes que publica Banorte donde desarrolla emisoras en la mira. Por ejemplo sobre AC* opinan que sobre el nivel en el que se encuentra podría generar un rebote técnico. Por lo que se podrían obtener ganancias en el corto plazo y vender en un par de meses. AC* cotización ALPEK A también parece que se encuentra en tendencia alcista, llegando pronto a los $35.20. ALPEK Cotización ¿Cuáles son las empresas que estás valorando? Saludos
Hola, Según lo que establece la AFIP no hay una cantidad máxima de empleados, pero sí que existe un número mínimo de empleados dependiendo de la categoría a la que pertenezca el trabajador, según el cuadro que adjunto: Saludos
También está valorando mucha gente utilizar Uber como forma de inversión, recuperando la inversión inicial en un año aproximadamente. Aunque la posibilidad de que realicen un cambio en la legislación puede ser un riesgo importante a tener en cuenta. La última noticia referente a Uber tiene que ver con la posibilidad de pagar en metálico. Esta alternativa se ha instaurado en India, porque es un país con escasa penetración del uso de la tarjeta, lo que dificultaba la expansión de Uber en este país. ¿Piensan que puede ser una buena alternativa de inversión?
Buenos días,
En el siguiente artículo podrás ver todo el programa de la jornada, aunque no creo que supere al concierto ;)
II Congreso Nacional de Business Angels: Valencia, 21 de noviembre
Saludos.
Buenas tardes Llira,
En principio uno de los requisitos es ser menor de 30 años, en el siguiente post encontrarás toda la información relativa a las medidas de emprendedores:
Tarifa Plana en la cotización a la Seguridad Social
Si se produjeran modificaciones en el blog de Asesor Fiscal se publican continuamente las novedades relativas al empleo.
Saludos.
Buenas tardes Sonia,
Las becas no cotizan, sólo te aplican una reducida retención. Te recomiendo que llames directamente al Ministerio de Educación o a algún organismo especializado en becas.
Saludos.
Buenos días Pablin,
El alzamiento de bienes consiste en la existencia previa de crédito contra el sujeto activo del delito, el cual ha destruído u ocultado de forma real o ficticia sus activos para impedir a los acreedores el cobro de lo que les es debido.
Por tanto, seguramente la empresa estará endeudada y antes o después se pondrá en marcha un concurso de acreedores. Te recomiendo que sigas acudiendo a tu puesto de trabajo y si dejáis de recibir vuestra nómina, uniros los compañeros e interponer una demanda solicitando que se proceda a la extinción indemnizada de vuestro contrato de trabajo (generalmente, los abogados laboralistas te cobran un porcentaje de lo que recibas cuando se resuelva el juicio, por lo que no os harán abonar ninguna cantidad antes de que finalice el juicio).
Saludos y suerte.