La Ley del ISSSTE presenta ventajas para quienes están regidos por ella. Uno (de varios) es el hecho de que los familiares de un derechohabiente fallecido pueden cobrar la pensión del titular, pero ¿quiénes son los beneficiarios que pueden cobrar la pensión de un trabajador del ISSSTE fallecido?
Beneficiarios Ley ISSSTE – Tipos de beneficiarios
Ante la Ley del ISSSTE existen dos tipos de beneficiarios: los legales y los sustitutos.
Los beneficiarios legales son:
- El cónyuge y/o los hijos de menores de edad (de menos de 18 años) o bien mayores de edad que tengan una discapacidad que les imposibilite trabajar, los hijos de hasta 25 años que estudien el nivel medio superior o superior en escuelas de gobierno, solteros y que no trabajen.
- Concubina o el concubinario con el que el trabajador haya tenido hijos.
- La persona que vivió con el trabajador cinco años antes de su muerte, ambos sin matrimonio legal celebrado en ese tiempo.
- Si no hubiese ni cónyuge, ni hijos, ni concubina o concubinario, los beneficiarios serán la madre o el padre del trabajador.
Los anteriores beneficiarios legales pueden solicitar una pensión pueden obtener los recursos de la cuenta individual del trabajador del ISSSTE fallecido la cual se entregará como pensión o bien en una sola exhibición.
Cuando no hay beneficiarios legales, siguen los beneficiarios sustitutos y son:
- Las personas que tengan elementos solicitar que sea nombrado beneficiario sustituto. Para ello se debe acudir al TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, pues es la instancia designada para realizar esa resolución.
Cabe aclarar que los beneficiarios sustitutos pueden existir solamente cuando no hay beneficiarios legales y que los sustitutos no tienen derecho a pensión, pero sí pueden disponer del dinero que haya en la cuenta individual.
Beneficiarios Ley ISSSTE – Concubina o "concubino"
Cuando un trabajador o el pensionado del ISSSTE tenga varias concubinas o varios concubinarios ninguno de estos dos últimos tiene derecho a seguros, prestaciones ni los servicios previstos en la Ley del ISSSTE.
Beneficiarios Ley ISSSTE – derechos de los beneficiarios
Los beneficiarios de un trabajador que establece la Ley del ISSSTE tienen derecho a lo siguiente:
A los seguros, prestaciones y servicios señalados en la Ley del ISSSTE.
Beneficiarios Ley ISSSTE - Cobrar la pensión de un familiar
El artículo seis de la Ley del ISSSTE cónyuge, o si no lo hubiera y en su caso existiera una persona que haya vivido con el derechohabiente como si fuera su cónyuge durante los últimos cinco años o bien que tuviese hijos con esa persona puede cobrar la pensión de un familiar, pero ambos deben estar libres de matrimonio.
- También tienen derecho los hijos menores de 18 años.
- Hijos del Trabajador o Pensionado mayores de 18 años que no puedan mantenerse a ellos mismos por enfermedad grave o discapacidad por deficiencia física, mental, intelectual o sensorial. Esto será vigente mientras no desaparezca la incapacidad en cuestión, la cual será evaluada por un médico del ISSSTE.
- Los hijos de hasta 25 años que estén cursando el nivel medio superior o superior en escuelas oficiales o reconocidas por la SEP y que no tengan trabajo.
- Por último los ascendientes que (padres) que sean dependientes económicos del Trabajador o Pensionado.