¿Puedo pensionarme en el IMSS? En este post vemos cómo pueden pensionarse y las edades, requisitos y pasos para su pensión del IMSS. Veremos los requisitos tanto para la pensión por retiro como para la pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. Por último, analizaremos las diferencias entre la Ley IMSS 1973 y la Ley IMSS 1997.
A continuación pueden ver un vídeo con los datos más importantes:
¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos
¿Puedo pensionarme? IMSS: Pensión de Retiro
Pueden acceder a la pensión de retiro del IMSS antes de cumplir las edades establecidas para la pensión por vejez, es decir, antes de los 60, pero se deben cumplir unos requisitos. El requisito principal para la pensión de retiro es que cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia esta debe ser superior en más de un 30% a la pensión garantizada. Recuerden que está pensión será pagada por la aseguradora que el pensionado elija.
Este post puede resultarles de interés: Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Pensión IMSS: Requisitos
Los requisitos para obtener la pensión de retiro, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1997 son los siguientes:
- Ser menor de 60 años
- Tener un mínimo de 1250 semanas cotizadas
- Contar con recursos suficientes en la cuenta individual
- La pensión que se calcule en el sistema de Rentas Vitalicias debe ser superior en más del 30% a la pensión garantizada (cubierta la prima de seguro de sobrevivencia para beneficiarios)
- Estar de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- No contar con trabajo remunerado en la actualidad
Pensión IMSS: Pasos
Los trámites para la pensión por retiro son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.
La documentación que deben presentar para su pensión por retiro se listan en la siguiente tabla:
Documentación necesaria Pensión por Retiro | Presentación |
Identificación oficial con fotografía y firma | Original + Copia |
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado | Original + Copia |
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses | Original + Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población | Original + Copia |
Estado de cuenta | Original + Copia |
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones | Original + Copia |
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión | Original + Copia |
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento | Original o Copia Certificada |
Pensión IMSS: Asignaciones Familiares
Además de la pensión por retiro el pensionado puede acceder a ayudas por concepto de carga familiar que se concede a sus beneficiarios.
Las asignaciones familiares de la pensión por retiro se otorgan a los siguientes beneficiarios:
- Esposa
- Concubina
- Hijo menor de 16 años
- Hijo mayor de 16 años y hasta 25 que se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional
- Hijo mayor de 16 años incapacitado
- Ascendientes dependientes económicamente
¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1973: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
Las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1973 se aplican a los asegurados que hayan cumplido mínimo los 60 años y que cumplan con una serie de requisitos.
El asegurado que haya estado inscrito antes del 1 de julio de 1997, podrá elegir entre la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 y de la Ley vigente a partir del 1 de julio de 1997.
Ley IMSS 1973: Requisitos
Los requisitos para obtener la pensión de cesantía en edad avanzado o vejez, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1973 son los siguientes:
- 60 años de edad para la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- No contar con trabajo remunerado en la actualidad
- Encontrarse inscrito en la Ley IMSS vigente hasta el 30 de junio de 1997
- Contar con mínimo 500 semanas cotizadas en el IMSS
Ley IMSS 1973: Pasos
Los trámites para la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.
La documentación que deben presentar para su pensión por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1973 se listan en la siguiente tabla:
Documentación necesaria Pensión por Cesantía en edad Avanzada o Vejez | Presentación |
Identificación oficial con fotografía y firma | Original + Copia |
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado | Original + Copia |
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses | Original + Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población | Original + Copia |
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones | Original + Copia |
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión | Original + Copia |
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento | Original o Copia Certificada |
Ley IMSS 1973: Asignaciones Familiares
En el caso de la pensión por cesantía en edad avanza o vejez en la Ley IMSS 1973, las asignaciones familiares no se pueden percibir.
¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1997: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
Las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1997 se aplican a los asegurados que hayan cumplido mínimo los 60 años y que cumplan con una serie de requisitos.
Los asegurados que únicamente tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no tienen derecho a elección.
Si también ha cotizado en el ISSSTE, puede ver cómo unificar las cuentas IMSS e ISSSTE
Ley IMSS 1997: Requisitos
Los requisitos para obtener la pensión de cesantía en edad avanzado o vejez, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1997 son los siguientes:
- 60 años de edad para la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
- No contar con trabajo remunerado en la actualidad
- Contar con mínimo 1,250 semanas cotizadas en el IMSS
En el caso de no contar con las 1250 semanas de cotización y teniendo en cuenta que tienen más de 60 años, pueden realizar un retiro total de su cuenta individual en una sola exhibición
Ley IMSS 1997: Pasos
Los trámites para la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.
La documentación que deben presentar para su pensión por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1997 se listan en la siguiente tabla:
Documentación necesaria Pensión por Retiro | Presentación |
Identificación oficial con fotografía y firma | Original + Copia |
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado | Original + Copia |
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses | Original + Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población | Original + Copia |
Estado de cuenta | Original + Copia |
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones | Original + Copia |
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión | Original + Copia |
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento | Original o Copia Certificada |
Ley IMSS 1997: Asignaciones Familiares
Además de la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez en la ley IMSS 1997 el pensionado puede acceder a ayudas por concepto de carga familiar que se concede a sus beneficiarios.
Las asignaciones familiares de la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez se otorgan a los siguientes beneficiarios:
- Esposa
- Concubina
- Hijo menor de 16 años
- Hijo mayor de 16 años y hasta 25 que se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional
- Hijo mayor de 16 años incapacitado
- Ascendientes dependientes económicamente
Si estan dudando entre pensionarse por la Ley IMSS 1973 o la Ley IMSS 1997, pueden checar este post: Pensiones: Ley del IMSS 1973 vs 1997
¿Puedo pensionarme? IMSS: Conclusiones
Recuerden que es obligatorio para los pensionados y sus asignados el demostrar la supervivencia cada 6 meses (o periodo que indique Consejo Técnico). Si no se realiza este trámite se cancela la prestación económica.
En Rankia sabemos que saber si pueden pensionarse y cómo pensionarse en el IMSS puede ser confuso y por tanto esperamos que este post, que recoge toda la información en cuanto a los requisitos, pasos y documentación para pensionarse en el IMSS, les sea de gran utilidad.
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