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¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos

¿Puedo pensionarme en el IMSS? En este post vemos cómo pueden pensionarse y las edades, requisitos y pasos para su pensión del IMSS. Veremos los requisitos tanto para la pensión por retiro como para la pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. Por último, analizaremos las diferencias entre la Ley IMSS 1973 y la Ley IMSS 1997.

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos

 

 

A continuación pueden ver un vídeo con los datos más importantes:

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos

¿Puedo pensionarme? IMSS: edad, requisitos y pasos

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: Pensión de Retiro

Pueden acceder a la pensión de retiro del IMSS antes de cumplir las edades establecidas para la pensión por vejez, es decir, antes de los 60, pero se deben cumplir unos requisitos. El requisito principal para la pensión de retiro es que cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia esta debe ser superior en más de un 30% a la pensión garantizada. Recuerden que está pensión será pagada por la aseguradora que el pensionado elija.

Este post puede resultarles de interés: Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes

 

Pensión IMSS: Requisitos

Los requisitos para obtener la pensión de retiro, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1997 son los siguientes:

 

  • Ser menor de 60 años
  • Tener un mínimo de 1250 semanas cotizadas
  • Contar con recursos suficientes en la cuenta individual
  • La pensión que se calcule en el sistema de Rentas Vitalicias debe ser superior en más del 30% a la pensión garantizada (cubierta la prima de seguro de sobrevivencia para beneficiarios)
  • Estar de baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • No contar con trabajo remunerado en la actualidad

 

Pensión IMSS: Pasos

Los trámites para la pensión por retiro son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.

La documentación que deben presentar para su pensión por retiro se listan en la siguiente tabla:

 

Documentación necesaria Pensión por Retiro Presentación
Identificación oficial con fotografía y firma Original + Copia
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado Original + Copia
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses Original + Copia
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población Original + Copia
Estado de cuenta Original + Copia
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones Original + Copia
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión Original + Copia
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento Original o Copia Certificada

 

 

Pensión IMSS: Asignaciones Familiares

Además de la pensión por retiro el pensionado puede acceder a ayudas por concepto de carga familiar que se concede a sus beneficiarios.  

Las asignaciones familiares de la pensión por retiro se otorgan a los siguientes beneficiarios:

 

  1. Esposa
  2. Concubina
  3. Hijo menor de 16 años
  4. Hijo mayor de 16 años y hasta 25 que se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional
  5. Hijo mayor de 16 años incapacitado
  6. Ascendientes dependientes económicamente

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: Pensión de Retiro

 

¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1973: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

Las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1973 se aplican a los asegurados que hayan cumplido mínimo los 60 años y que cumplan con una serie de requisitos.

El asegurado que haya estado inscrito antes del 1 de julio de 1997, podrá elegir entre la aplicación de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 y de la Ley vigente a partir del 1 de julio de 1997.

 

Ley IMSS 1973: Requisitos

Los requisitos para obtener la pensión de cesantía en edad avanzado o vejez, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1973 son los siguientes:

 

  • 60 años de edad para la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • No contar con trabajo remunerado en la actualidad
  • Encontrarse inscrito en la Ley IMSS vigente hasta el 30 de junio de 1997
  • Contar con mínimo 500 semanas cotizadas en el IMSS

 

Ley IMSS 1973: Pasos

Los trámites para la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.

La documentación que deben presentar para su pensión por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1973 se listan en la siguiente tabla:

 

Documentación necesaria Pensión por Cesantía en edad Avanzada o Vejez Presentación
Identificación oficial con fotografía y firma Original + Copia
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado Original + Copia
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses Original + Copia
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población Original + Copia
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones Original + Copia
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión Original + Copia
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento Original o Copia Certificada

 

Ley IMSS 1973: Asignaciones Familiares

En el caso de la pensión por cesantía en edad avanza o vejez en la Ley IMSS 1973, las asignaciones familiares no se pueden percibir.

 

¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1973: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

 

¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1997: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

Las pensiones por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1997 se aplican a los asegurados que hayan cumplido mínimo los 60 años y que cumplan con una serie de requisitos.

Los asegurados que únicamente tengan cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997, no tienen derecho a elección.

Si también ha cotizado en el ISSSTE, puede ver cómo unificar las cuentas IMSS e ISSSTE

 

Ley IMSS 1997: Requisitos

Los requisitos para obtener la pensión de cesantía en edad avanzado o vejez, según el Régimen de la Ley del IMSS de 1997 son los siguientes:

 

  • 60 años de edad para la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 años para la pensión de vejez
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social
  • No contar con trabajo remunerado en la actualidad
  • Contar con mínimo 1,250 semanas cotizadas en el IMSS

 

En el caso de no contar con las 1250 semanas de cotización y teniendo en cuenta que tienen más de 60 años, pueden realizar un retiro total de su cuenta individual en una sola exhibición

 

Ley IMSS 1997: Pasos

Los trámites para la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez son gratuitos y se realizan en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción.

La documentación que deben presentar para su pensión por cesantía en edad avanzada o vejez en la Ley IMSS 1997 se listan en la siguiente tabla:

 

Documentación necesaria Pensión por Retiro Presentación
Identificación oficial con fotografía y firma Original + Copia
Documento emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado Original + Copia
Comprobante de domicilio con antigüedad menor a 3 meses Original + Copia
Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población Original + Copia
Estado de cuenta Original + Copia
Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones Original + Copia
Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión Original + Copia
Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento Original o Copia Certificada

 

Ley IMSS 1997: Asignaciones Familiares

Además de la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez en la ley IMSS 1997 el pensionado puede acceder a ayudas por concepto de carga familiar que se concede a sus beneficiarios.

Las asignaciones familiares de la pensión por cesantía en edad avanzado o vejez se otorgan a los siguientes beneficiarios:

 

  1. Esposa
  2. Concubina
  3. Hijo menor de 16 años
  4. Hijo mayor de 16 años y hasta 25 que se encuentre estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional
  5. Hijo mayor de 16 años incapacitado
  6. Ascendientes dependientes económicamente

 

¿Puedo pensionarme? Ley IMSS 1997: Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

 

Si estan dudando entre pensionarse por la Ley IMSS 1973 o la Ley IMSS 1997, pueden checar este post: Pensiones: Ley del IMSS 1973 vs 1997

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: Conclusiones

Recuerden que es obligatorio para los pensionados y sus asignados el demostrar la supervivencia cada 6 meses (o periodo que indique Consejo Técnico). Si no se realiza este trámite se cancela la prestación económica.

En Rankia sabemos que saber si pueden pensionarse y cómo pensionarse en el IMSS puede ser confuso y por tanto esperamos que este post, que recoge toda la información en cuanto a los requisitos, pasos y documentación para pensionarse en el IMSS, les sea de gran utilidad.

 

¿Puedo pensionarme? IMSS: Conclusiones

 

Les invitamos que para cualquier duda o cuestión dejen un mensaje en nuestra sección de comentarios. También recordarles que si lo prefieren pueden trasladar su pregunta a nuestro foro de afores, haciendo click en la imagen, donde personal experto además de nuestros usuarios de Rankia seguro les pueden ayudar. Si quieres saber cómo retirar todo mi dinero del Afore no te pierdas este artículo.

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  1. Nuevo
    #8
    12/04/21 11:32
      Buenos días, tengo 1450 semanas cotizadas, cuento con 55 años, puedo pensionarme en estos momentos o que debo hacer?
  2. Nuevo
    #6
    06/02/20 13:08

    buenas tardes , quiero obtener mi pension imss por edad avanzada o vejez por la ley 73 y cumplo con todos los requisitos y documentacion , mi pregunta es la siguiente:........ , debo estar en activo para obtener dicha pension? porque deje de laborar y cotizar desde hace 15 años, actualmente tengo 67 años ...............gracias por contestar y por su ayuda

  3. #3
    05/01/17 12:24

    Buenas tardes, vivo fuera de Mexico desde hace 6 anios, tengo mi Afore con Sura (la cambie en Oct 2016) y tengo alrededor de 1000 semanas cotizadas. Como me puedo contactar para ver posibilidades o alternativas para pensionarme con el IMSS?
    Saludos y gracias. Marco

  4. en respuesta a juanaguz
    -
    Carla Quinto
    #2
    04/01/17 04:51

    Hola y feliz año!

    Te recomiendo que cheques este post donde profundizamos sobre este tema: https://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/3123842-pensiones-ley-imss-1973-vs-1997

    Saludos

  5. #1
    03/01/17 19:04

    Hola, una consulta. Mi madre se inscribió al IMSS antes de julio de 1997. Por ende puede obtener su pensión según cualquiera de las dos leyes. pero no he visto ningún análisis comparativo entre una y otra para saber qué más le conviene. En el sitio del seguro social mencionan http://www.numerosegurosocial.com.mx/ solo las comparan y como obtener el nss según cada una de las dos pensiones, pero ni una palabra para indicar las características de cada pensión. Ella supone que la de 1997 es mejor porque es más nueva pero algunas personas nos mencionaron que no necesariamente. Saludos Juan.


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