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¿Cómo lograr una pensión de hasta 50 mil pesos en el IMSS?

¿Alguna vez pensaste que podías lograr tener una pensión de hasta 50 mil pesos (menos impuestos) con el IMSS? es posible, es legal (porque este es el monto máximo que establece el IMSS) y sin duda el sueño de muchos. Entonces si estás cerca de tu retiro o has cotizado para el IMSS durante un tiempo considerable esta información es de tu interés.
 
Hay que comenzar diciendo que una pensión de hasta 50 mil pesos pueden lograrla solamente los trabajadores que comenzaron a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997 ya que con eso la ley que rige su sistema de pensión es la Ley de 1973.
 
 
Cómo lograr una pensión de hasta 50 mil pesos en el IMSS
 
 
La “receta” para lograr este atractivo monto de pensión es con la llamada Modalidad 40 o también llamada “continuación voluntaria”,  ella permite al interesado hacer aportaciones voluntarias para así subir la pensión por cesantía del IMSS y de este modo se van sumando semanas y en consecuencia va mejorando el salario cotizado.
 
 
¿Por qué se logra una mejor pensión con estos dos factores? porque la Ley del IMSS de 1973 tiene como máximo beneficio que a las personas de esta Ley se les calcula su pensión principalmente de acuerdo al número de semanas cotizadas y también en función del salario promedio de los últimos cinco años.
 
 

¿Cómo lograr una pensión de hasta 50 mil pesos?

La Ley 73 pide que se hayan cubierto 500 semanas y además se tiene que seguir pagando la “continuación voluntaria” (Modalidad 40) para que de este modo se incrementen las semanas cotizadas y mejore la cantidad de pensión.
 
El futuro pensionado deberá pagar una cuota por Modalidad 40 o continuación voluntaria equivalente al 10.075% del salario mensual que se desea cotizar, entonces de ese monto un 19.85% se envía a la Afore y ello lo podrá recuperar cuando se pensione. Aunque existen unos 20 elementos que el IMSS utiliza para calcular la pensión de quienes están en la Ley 73, los factores que mencionamos aquí son los más importantes para elevar la pensión a su máximo por Ley 1973 (hasta 25 salarios mínimos mensuales).
 
El momento más indicado para ejercer la “continuación voluntaria” o Modalidad 40 es entre los cinco años a partir de la baja, si se hace después se pierde el plazo legal para solicitarla.
 
 

¿Qué otros requisitos hay que cubrir?

  • No estar vigente en el régimen obligatorio
  • Tener cotizadas por o menos 52 semanas en los últimos 5 años en el régimen.
  • Las aportaciones para esta modalidad las debe pagar el trabajador por su cuenta.
 
Para alcanzar la pensión más alta lo mejor es tener reconocidas alrededor de dos mil semanas cotizadas y un salario promedio topado en los últimos 5 años, sin embargo esto es lo que hace que no todas las personas pudieran alcanzar estas pensiones tan altas aunque tengan derecho a ellas, por ello cotizar voluntariamente en el IMSS les ayudará, así que no hay que verlo como un gasto sino como una inversión para tener una buena pensión que signifique un retiro de más calidad.

 

 
 
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  1. #3
    25/04/20 09:23
     Buenos dias,

    Espero me puedan ayudar con estas 2 dudas.

    Mi papa fue pensionado por invalidez definitiva y sus cotizaciones acumuladas para el calculo de su pensión fue de 1948 semanas.
    Tengo entendido que la pensión de invalidez no se puede sumar con una pensión de Cesantia en Edad Avanzada y Vejez pero que si tiene la posibilidad de seguir cotizando... para decidirse al final por la de Cesantia y Vejez si esta le conviene más... por favor corrijanme si estoy en un error...

    ¿Si es posible que el ingrese a MODALIDAD 40?   renuncio hace 1 año y medio a su trabajo. y tiene como 9 meses recibiendo su pensión por invalidez con casi 61 años de edad.
    y Si esto si es posible ¿el dejaría de percibir su pensión de invalidez definitiva? o ¿la seguiría recibiendo? esto es importante ya que de esa pensión el podría suplir las mensualidades de M-40 y así lograr tener una mejor pensión.

    Quisiera aclararles también que la pensión por invalidez definitiva que tiene mi papa la gano por medio de una demanda.. por si hubiera algún otro detalle con esto.

    De antemano les agradezco mucho su ayuda en esto... 
  2. en respuesta a fellobond
    -
    Top 10
    #2
    25/04/16 22:41

    Hola,

    La edad de cada trabajador es la que determina por ley el instrumento en el que su dinero será invertido.

    Las Siefores Básicas SB1 es en la que se invierten los ahorros de quienes están cerca del retiro (mayores de 60 años),
    La SB2 para trabajadores entre 46 y 59 años,
    SB3 para quienes están entre 37 y 45
    Y la SB4 para los menores de 36 años

    La SB1 ofrece un rendimiento promedio de 9.18%,
    La SB2 de 10.59%,
    La SB3 de 11.77%,
    Y la SB4 de 13.01%.

    ¿Por qué es así? porque cuando el trabajador se va acercando a su edad de retiro debe tener mejores recursos para afrontarlo.

    La principal diferencia entre estas SB efectivamente son los rendimientos, que se determina por el dinero acumulado pero también por el tiempo durante el cual estarán invertidos los recursos, de modo que cuando más joven se es la edad de retiro es más lejana y su dinero se invierte por mayor tiempo.

    En ese sentido no existe manera de cambiarse de SB con un Índice de Rendimiento Neto más atractivo, pues solamente la edad lo determina, pero lo que sí puedes hacer es (dependiendo en la SB que te encuentres dependiendo de tu edad) cambiarte a una afore con mejores rendimientos. Aquí te dejo una guía para hacerlo de la mejor manera https://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2694897-como-cambiar-afore-traspaso-proceso-recomendaciones

    y en este otro enlace verás los requisitos que actualmente se piden para cambiarte de afore https://www.rankia.mx/blog/mejores-afores/2710795-conoce-nuevos-documentos-para-cambiar-afore

  3. Nuevo
    #1
    22/04/16 16:11

    Hola, Precisamente, yo inicié mi continuación voluntaria, después de casi dos años sin cotizar, a partir de junio 2015 en base a 25 salarios mínimos, haciendo un pago de 5 mil y pico mensual. Espero completar los 5 años para poder pensionarme "topado".

    Una inquietud que tengo es poderme cambiar de SB a otra de mayor riesgo pero con mejor IRN. ¿Cómo podría hacerlo?


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