Excelente información, si todo es tal y cómo mencionas creo que es una gran iniciativa para ayudar de verdad a los realmente necesitados. Sería muy oportuno disponer de mayor información al respecto.
Gracias!
El comprobante obrero patronal es un comprobante fiscal, que se emite a los patrones, por el pago que estos hacen de las cuotas obrero patronales.
Estos comprobantes fiscales sellados por el SAT, permite a los patrones deducir el impuesto sobre la renta, en una cuantía igual a la cuota patronal que estos pagan al IMSS.
Hola Jose Antonio,
Teniendo en cuenta los datos que ofreces, con 54 años de edad si que tendría derecho a pensión pero si es cierto que precisas de 15 años de cotización para poder hacerlo, en este caso accederías únicamente al 50% del sueldo.
He visto este post en Rankia: http://www.rankia.com/blog/mejores-afores/3319919-tienes-derecho-pension-ley-issste-edad-minima-retiro
En lo referente a lo que mencionas sobre las aportaciones voluntarias, la verdad es que no lo había escuchado. ¿Donde has encontrado esa información?
Un saludo!!