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¿Donación o compra-venta de inmueble, que ventajas y desventajas fiscales tiene cada una para la traslación de dominio?
Hola a todos en la comunidad de Rankia, quiero consultar cual sería la opción más adecuada dada mi situación para realizar una transmisión de dominio a mi nombre. Debido a circunstancias personales tuve la necesidad de comprar un departamento en abril de 2020 y para adquirirlo se requirió solicitar un préstamo hipotecario. A pesar de que di un enganche con un monto significativo (aprox. 35 % del valor del inmueble) el banco no me otorgó el crédito hipotecario por considerar que no tenia una capacidad de endeudamiento suficiente a pesar de tener ingresos como asalariado. Para poder realizar la adquisición del departamento mi cuñado (quien esta casado con mi hermana por régimen de bienes separados) se ofreció a tramitar el crédito a su nombre dado que el si tenía capacidad de endeudamiento suficiente para dicho crédito; mi cuñado y yo acordamos que yo realizara los pagos del crédito hipotecario (tanto las mensualidades como los adelantos de pago a capital). Yo terminé de liquidar el crédito hipotecario en julio de 2021 gracias a la venta de otro inmueble que me fue adjudicado por herencia y actualmente estoy a la espera de que se reciba el aviso de cancelación de hipoteca para que la propiedad no tenga gravámenes para poder escriturarla sin problemas. Mi duda es, dado el contexto es: ¿Cuál es la opción más adecuada (o más bien, la menos onerosa) para hacer la transmisión de dominio y escriturar el inmueble a mi nombre? Sé que existen dos opciones que pueden proceder en el corto/mediano plazo, que serían la donación y la compraventa, me podrían dar asesorar sobre cuales ventajas y desventajas fiscales tiene cada una, me preocupa particularmente el pago de ISR por que es un impuesto que tendría que negociar con mi cuñado si lo pago yo o él y como procederíamos (sé que lo normal es que lo pague la parte vendedora en una compra/venta, desconozco si es el mismo caso en una donación). En este rubro del me gustaría saber que requisitos debemos cumplir para exentar o deducir el ISR. Por otro lado se que el ISAI y los honorarios del notario van por mi parte en cualquiera de los escenarios (compraventa o donación) por lo que tengo la impresión que este rubro por si aporta información para decir entre estas opciones. Agradeceré mucho sus comentarios. ¡Saludos!