Los retiros parciales son las disposiciones de una parte de los recursos que se encuentran en la Cuenta Individual del Trabajador. Pueden ser por dos motivos: ayuda por matrimonio o ayuda por desempleo.
Retiro parcial por matrimonio tiene una serie de requisitos:
- Que hayas contraído matrimonio civil.
- Tener al menos 150 semanas de cotizar ante el IMSS a la fecha de celebración del matrimonio.
- Contar con la resolución de Ayuda para gastos de matrimonio emitido por el IMSS
Sólo podrás hacer uso de este retiro por matrimonio una vez en la vida.
Con este tipo de prestación tienes derecho a disponer una parte de tu ahorro equivalente a 30 días de salario mínimo general vigente en el D.F. a la fecha de celebración de la boda. Una vez que cuentes con la resolución de ayuda por gastos de matrimonio que emitió tu clínica o subdelegación del IMSS, deberás acudir a tu Afore a realizar tu trámite de retiro.
La siguiente documentación deberás presentarla en la Unidad Especializada de Atención al Público y Módulos de Servicio:
- Original y copia de la solicitud de disposición de recursos.
- Original de la resolución de ayudda para gastos de matrimonio que emita el IMSS.
- Cualquier documento que acredite tu registro en Afore Sura.
- Original de comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses contados a partir de la fecha de emisión.
- Original de tu identificación oficial vigente.
La Afore te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de 5 días hábiles.