¡Buenos días Julio89!
Las afores para su constitución y funcionamiento, deben contar con la autorización de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). Y para poder operar, las afores deben constituirse como sociedades anónimas de capital variable. En estas sociedades pueden participar instituciones financieras nacionales y del exterior.
Las acciones del grupo “A” que representarán cuando menos el 51% del capital social, las afores sólo podrán ser adquiridas por personas físicas o por personas morales mexicanas, cuyo capital deberá ser mayoritariamente propiedad de mexicanos y controladas por nacionales.
Proceso para constituir una afore
En primer lugar, hay que presentar ante la Consar la solicitud para la constitución de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).
Después, las empresas deben acreditar los requisitos para continuar con el proceso de autorización. Aquí la Consar debe proceder a la evaluación del Programa de Operación y Funcionamiento, Manual de Organización, Programa de Sistemas Informáticos y Programa de Autorregulación contenidos en las solicitud presentada.
El solicitante debe acreditar satisfactoriamente haber cumplido con los requisitos previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y en las disposiciones generales aplicables .
La Consar debe verificar que el solicitante cuenta con los sistemas necesarios para cumplir con los requisitos técnicos en el desarrollo de todos los procesos operativos regulados, como son:
- Registro de trabajadores
- Traspaso de recursos entre bancos y afores
- Traspasos de cuentas individuales y de recursos de las mismas entre afores
- Retiros de recursos, totales y parciales
- Unificación de cuentas individuales
- Recaudación de aportaciones obligatorias y voluntarias
- Modificación de datos de los trabajadores
- Devolución de pagos
- Intereses en tránsito
- Emisión de estados de cuenta
La Consar también debe certificar los siguientes aspectos:
- La Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional del SAR debe certificar que la entidad cuenta con la infraestructura de operaciones y comunicaciones que permitirá el intercambio de información con el resto de los participantes del sistema.
- Que el solicitante cumple satisfactoriamente con los lineamientos exigidos en materia de registros contables y para la Administración Integral de Riesgos, entre otros.
- Que cuenta con la infraestructura de cómputo y comunicaciones que le permitirá una adecuada operación, de conformidad con los estándares exigidos.
Un saludo.