Alex gracias por tu respuesta eso tengo entendido, pero me gustaría saber el fundamento legal para así estar seguro, en la ley IMSS 73 no encuentro nada más bien aún no estaban las Afores que entraron hasta 97,si conoces de alguien que no se las descontaron y enviarme una copia para así tener un caso y te lo agradecería mucho, mi correo es [email protected]
Sí puede mediante el SIPARE, sistema de pagos referenciados generando la liquidación del pago en SUA y lo sube el archivo al SIPARE y generará una línea de captura para acudir a pagar a varios bancos, o bien acudiendo al IMSS delegación que le corresponde a qué le generen su liquidación con la línea de captura y pagarlo a cualquier banco o por internet de su cta bancaria.
Según deben de aparecer como vigente en los primeros 5 días posteriores al mes que pagaste algo parecido tengo me parece baja al 30 noviembre y ya liquide diciembre ya hablé y eso me informaron espero que ya aparezca como vigente con el último pago que presente para poder pagar enero 2019
Ese criterio también tengo que no deben descontar si optas por ley 73,si actualmente ya obtuviste la resolución de pensión podrás informar si te las descontaron siempre?
Donde lo contempla el descuento de semanas cotizadas la ley 73, si opta pensiónarse bajo ese régimen de ley, incluso también no viene nada sobre los retiros por desempleo, solo en la 97.
Es correcto Juan Carlos no deben descontar semanas si optas por ley 73,por la 97 si te las descuentan, en ningún artículo de ley 73 derogada lo fundamenta el descuento.