Si yo fui empleado de una compañía de seguro en Tamaulipas, aunque por poco tiempo, y después fui empleado de gobierno estatal en S.L.P.; Y por lo tanto estuve dado de alta en el régimen obligatorio en el IMSS antes de 1997. Pero en S.L.P, retiré mis aportaciones del fondo de ahorro o de pensiones en el estado. La pregunta es: ¿Puedo cotizar nuevamente en el régimen voluntario en el IMSS, a fin de obtener los beneficios de la modalidad 40?