El sistema notarial-registra continental en general, y el español en particular, es bastante mejor que el americano. Tenemos muchas cosas que aprender de ellos, pero precisamente en ese campo no. El sistema busca dar confianza a la seguridad de las transacciones inmobiliarias, y jhacerlo a un coste razonable. Hasta donde lo conozco es más seguro y más barato (véase el inmenso negocio de los seguros de títulos americanos). Cuestión aparte es el tema fiscal, pero eso no tiene nada que ver con el sistema hipotecario español. Sencillamente el legislador aprovecha que el agua pasa por allí para poner el cazo, como en las gasolineras.
Buenas
2.400 y siguientes del Código Civil
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l2t3.html
Te dejo un modelo
http://www.quieroabogado.es/ley-penal-menores-las-medidas/item/886-formulario-demanda-interesando-la-division-del-inmueble-adquirido-en-comun
3. El juez no determina el sujeto pasivo de los impuestos. Este viene determinado por cada normativa fiscal.
Exención, divino tesoro...busca Sareb y FAB en la red...
http://economia.elpais.com/economia/2013/07/09/vivienda/1373367897_736201.html
El que paga, manda...en el mundo real...
Me temo que en Europa han dicho basta al respecto. Y lo más posible es que pretendan sablearnos al resto de contribuyentes para tapar estas perdidas privadas.
Ufff, es muy amplio. Yo las actas que van a ser la base para una posterior reclamación económica las haría bajo supervisión directa de un abogado, para asegurarnos de cumplir todos los requisitos formales y materiales. Y me refiero al abogado que va a llevarlas a juicio (si, ya sé que no es necesario para ese procedimiento, pero me parece suicida no contar con dicho apoyo)
Especialmente relevante es el tema de la convocatoria. posiblemente sea necesario no escatimar en gastos y citar por burofax aquel vecino que sabemos que va dar problemas. Por demás , habrá que repasar si se han cumplido los plazos, si las mayorías son acordes con lo que marca la norma, si las delegaciones de voto son correctas, etc...
Abogado si o si.