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¿Te llegó una carta invitación del SAT? ¿Qué puedes hacer?
Si has recibido una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo de que te pongas al corriente en el pago de impuestos y te presentes en tus oficinas, tienes que saber que estos actos son informales, por lo que no procede un proceso jurídico en defensa. Por tanto, tienes diez derechos si los requerimientos te llegan vía correo electrónico, carta a domicilio o llamada telefónica. ¿Cuáles son estos derechos?
- Tienes que ser identificado con tu nombre, razón o denominación social, RFC y domicilio fiscal.
- Debes conocer los derechos que te asisten como contribuyente.
- Tienen que informarte de forma clara, concreta y cordial respecto de las presuntas inconsistencias y omisiones detectadas en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
- No puedes ser obligado a llenar declaraciones o formatos no oficiales, a firmar compromisos para regularizarte o que se te requiera la exhibición de múltiples documentos.
- Ser citado únicamente mediante oficio o carta invitación impresa a cualquier entrevista que se lleve a cabo en las oficinas de las autoridades fiscales.
- Tienes el derecho de ser acompañado a dichas entrevistas por tus asesores. Y si lo solicitas por un representante de Prodecon.
- Debes conocer plenamente la identidad y el cargo de los servidores públicos del SAT que intervengan en las entrevistas que te realicen.
- También tienes el derecho de conocer por escrito y no sólo de forma verbal en tus entrevistas, todas las inconsistencias y omisiones señalados en el oficio o carta invitación.
- Las autoridades del SAT deben asesorarte sobre la forma de cumplir con tus obligaciones fiscales y las opciones que tienes para poder regularizarte.
- Tienen que informarte que el cumplimiento de estas invitaciones es voluntario, por lo que si no las atiendes no te van a producir ni obligaciones, ni consecuencias jurídicas.
¿Has tenido problemas con el SAT?