Mi pregunta va relacionada a que elegi el regimen 10 transitorio ingrese el 1 de marzo de 1991 en el año 2021 cumplo 30 años de servicio
Pregunta 1¿ Puedo jubilarme con 30 años de servicio y 51 años de edad?.Esto debido a la irretroactividad de la ley
Pregunta 2 ¿ Puedo jubilarme segun la jurisprudencia? Que a la letra dice:
PERO en este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció una jurisprudencia y en ella determinó que
algunos trabajadores de la vieja ley del ISSSTE podrán pensionarse a los 55 años (y no a los 60), es decir, sin hacer caso a la edad mínima que contempla la legislación. En resumen: la resolución del máximo tribunal del país fue que cuando un trabajador del Estado deje de trabajar luego de
por lo menos 15 años de cotización al
ISSSTE y deje completamente sus aportaciones, podrá tener el privilegio de pensión a los 55 años.
Pregunta 3 ¿ O tengo que acatarme a la nueva ley del issste respecto a las modificaciones al regimen 10° transitorio?