Buenas noches,
En ninguna oficina del ISSSTE le van a decir que puede jubilarse a los 55 años porque el ISSSTE al igual que el IMSS actúan conforme a su ley actual, pero ninguna Ley está por encima de la Constitución y lo que pasó aquí es que la Suprema Corte hizo un análisis del artículo 66 de la Ley del ISSSTE que es donde se encuentran todos los requistitos para la jubilación y si el trabajador los cumple se podrá jubilar a los 55 años, pero cuando se hicieron los cambios a la Ley del ISSSTE (que es la actual ley) se implementó incrementar gradualmente la edad de retiro hasta llegar a los 60 años, por eso en cualquier oficina del ISSSTE le van a decir que se puede jubilar hasta los 60 y no antes, pues así lo dice su Ley actual.
Bueno, pues sucede que en México cuando hay una modificación a una ley y dicho cambio al implementarse de forma retroactiva llegase a perjudicar a las personas, entonces no puede aplicarse (artículo 14 constitucional), así que haber aumentado la edad de 55 a 60 es ilegal, es por ello que los trabajadores que cumplan con los requisitos deben jubilarse a los 55 aunque en la nueva Ley diga que es a los 60.
Esta jurisprudencia que emitió la Suprema Corte es obligatoria para todos los tribunales y juzgados de México, de modo que la batalla para jubilarse a los 55 no debe hacerse en las oficinas del ISSSTE sino que debe iniciar una demanda en los juzgados porque la Corte ya resolvioó que es su derecho. Aquí debe usted mencionar la resolución de la Corte fue publicada el viernes 15 de julio de 2016 a las 10:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación, el cual también dice que esta resolución deberá aplicarse de forma "obligatoria" a partir del lunes 1 de agosto de 2016.
Con estos datos puede acudir a un juzgado y empezar su demanda.
Saludos.