Los ETFs (Exchange Trade Funds) son fondos cotizados en bolsa que mezclan las ventajas de diversificación que ofrecen los fondos de inversión, pero con la libertad de abrir y cerrar posiciones como sucede con las acciones. Si te interesa contratar este versátil vehículo de inversión debes conocer cuál es la fiscalidad de los ETFs.
¿Cómo funcionan los ETFs?
Los ETFs son instrumentos de inversión que buscan replicar los movimientos de las cotizaciones de los principales índices de los mercados, o bien de canastas de activos de un determinado sector, mercado o región. De esta manera, el inversionista no tiene que analizar acciones por separado, sino que invierte en un instrumento más diversificado. Si el precio del índice que sigue sube, el ETF también sube, si el precio cae, el ETF también lo hará.
Al invertir en ETFs el inversor puede abrir y cerrar posiciones en cualquier momento, ya que cotizan en la bolsa a través del mercado secundario. Por ello el nombre de Fondos Cotizados.
A diferencia de otros fondos de inversión de gestión activa donde la sociedad administradora o el gestor deciden qué comprar o vender, en los ETFs se sigue a un índice pasivamente y su cesta de activos se ajusta cada vez que el índice tiene una modificación o rebalanceo. Por lo tanto, son vehículos de inversión pasiva con menores costos que los de gestión activa.
Fiscalidad de los ETFs en México
Teniendo esto en mente, y sabiendo que estos fondos cotizados son muy útiles para inversionistas de todos los perfiles, es importante saber cuál es la fiscalidad de los ETFs, es decir, cómo se declaran y pagan impuestos.
En vista de que el comportamiento de los ETFs es parecido al de las acciones individuales, entonces el tratamiento fiscal de los ETFs es mas o menos similar al de las acciones, pero hay diferencias dependiendo si el ETF es de Renta Variable o es de Renta Fija, y si es RV/RF nacional o extrajera.
Hay que aclarar que la tasa de retención anual que se hace a instrumentos de Renta Fija y que se aplica al capital invertido, cambia todos los años.
Impuestos de ETFs de Renta Fija Nacional
Los ETF de Bonos o RF nacional, ya sea corporativa o gubernamental, tendrán una tasa de retención del 0.08% sobre el monto del capital. Esto lo retendrá el broker o casa de bolsa, pero hay que saber que esa retención es provisional y que está sujeto al pago de ISR de hasta el 35% dependiendo del régimen de cada uno.
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Se considera interés acumulable para el pago de impuesto el real, es decir, descontando la inflación.
Aparte se pagará el 10% de impuesto sobre las ganancias por la venta o enajenación.
Algunos ejemplos de este tipo de ETFs serían el UDITRAC o el CETETRAC y el ya deslistado CORPTRAC.
Se considera un ETF de RF nacional cuando el ETF está domiciliado en México, y cotice en la BMV.
Impuestos de ETFs de Renta Variable Nacional
Al igual que en el apartado de arriba, se considera RV nacional cuando el ETF está domiciliado en México y cotiza en la BMV.
La tasa de retención es del 30% si el ETF está pagando intereses y 10% si paga dividendos. Esta retención la hará el broker o casa de Bolsa, y se considera pago definitivo.
El impuesto a pagar por la enajenación de acciones, es decir, por la venta en caso de haber ganancia, será del 10% sobre la ganancia. Y las pérdidas se pueden amortizar o deducir en un plazo de hasta 10 años de ejercicios fiscales siguientes.
Algunos ejemplos de estos ETFs podrían ser el VMEX, NAFTRAC o el IVVPESO.
Impuestos de ETFs de Renta Fija Internacional en el SIC
La tasa de retención provisional del ISR es del 0.97% anual sobre el monto invertido con intereses acumulables en términos reales. Esta retención la deberá hacer el broker o casa de bolsa.
Se consideran ETFS de RF internacional aquellos que están domiciliados fuera de México, por ejemplo: BND, TLT y también los UCITS como IGLON
Se pagará un 10% de impuesto definitivo sobre las ganancias a la hora de vender las unidades del ETF, es decir, enajenación.
Aquí hay que mencionar que aparte de los impuestos anteriores, si el ETF está domiciliado en EEUU y no se ha llenado el formato W8BEN, entonces ellos nos retendrán el 30% por los cupones o dividendos que se distribuyan. Si se llena el formato, entonces solo se retendrá el 10% allá. Aparte de esto, la casa de bolsa o broker en México también hará una retención del 10% porque esos ingresos se les consideran dividendos.
Dependiendo del régimen en el que nos encontremos, se podrá acreditar esa retención del 10% o 30% que nos han hecho en EEUU.
En el SIC cotizan unos ETF cuya estructura legal es UCITS y están domiciliados casi siempre en Irlanda o Luxemburgo. Estos ETFs son de acumulación y por el momento tienen la ventaja de que no se hace la retención del 10% sobre dividendos en México, ya que los dividendos nunca se distribuyen, más bien se reinvierten automáticamente, y esto le da más fuerza al interés compuesto y reducen nuestros costos.
Impuestos de ETFs de Renta Variable Internacional en el SIC
Por la enajenación o venta con ganancia, se pagará un impuesto del 10% sobre esa ganancia y se considerará definitivo.
Aparte se hará una retención por los dividendos obtenidos. Si el ETF está domiciliado en EEUU y no se ha llenado el formato W8BEN, entonces ellos nos retendrán el 30% por los dividendos que se distribuyan. Si se llena el formato, entonces solo se retendrá el 10% allá. Aparte de esto, la casa de bolsa o broker en México también hará una retención del 10%.
Dependiendo del régimen en el que nos encontremos, se podrá acreditar esa retención del 10% o 30% que nos han hecho en EEUU.
En el SIC cotizan unos ETF cuya estructura legal es UCITS y están domiciliados casi siempre en Irlanda o Luxemburgo. Estos ETFs son de acumulación y por el momento tienen la ventaja de que no se hace la retención del 10% sobre dividendos en México, ya que los dividendos nunca se distribuyen, más bien se reinvierten automáticamente, y esto le da más fuerza al interés compuesto y reducen nuestros costos.
Impuestos de ETFs de Renta Fija y Renta Variable Internacional en Bolsas Extranjeras
Se consideran ETFs de RF y RV Internacional en Bolsas Extranjeras a aquellos domiciliados en países distintos a México y que cotizan en Bolsas diferentes a la BMV y el SIC.
Todas las inversiones en ETFs fuera de la BMV o del SIC, se consideran inversiones que generan intereses y están sujetas al pago de impuestos.
Ya que estas inversiones por lo general se hacen con instituciones reguladas fuera de México, entonces ellos no harán la retención como lo hacen los brokers mexicanos regulados para el SAT. Por lo tanto, uno deberá pagarlos mensualmente al SAT. Pero si el broker extranjero nos ha hecho alguna retención para la Hacienda de ese país, entonces nosotros podemos acreditarnos ese pago y así disminuir el pago de impuestos en México
El ingreso de estas inversiones, ya sea por enajenación, intereses, dividendos, cupones o distribuciones de capital, podría estar sujeta a un impuesto hasta del 35% dependiendo del régimen fiscal. Se puede hacer un pago provisional del 20% que podría ser menor dependiendo de algunos requisitos.
Conclusión
Las opciones en los mercados financieros es muy amplia, y los ETFs son una excelente manera para tener exposición barata a muchos mercados y activos diversificando de forma sencilla. Por eso, al conocer cuál es la fiscalidad de los ETFs podrás invertir en ellos de manera más informada y siempre teniendo en cuenta los impuestos que debes declarar para que tus operaciones sean siempre lícitas.