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Diagnóstico del Sistema de Pensiones en México

La reforma de pensiones entró en vigor hace 23 años; y desde aquel tiempo hasta la actualidad (de acuerdo a los datos proporcionados por la CONSAR) sólo un estimado del 24% de los trabajadores que cotizan bajo este esquema alcanzarían las 1,250 semanas requeridas para hacer válido el reintegro total del apoyo económico cotizado a lo largo de sus respectivas historias laborales bajo el alta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); por lo que no estarían percibiendo como corresponde los beneficios de seguridad social a los que tienen derecho.

 

Con la entrada en vigor de la reforma a la Ley del Seguro Social (el 1 de julio de 1997) se fijó, como plazo mínimo de cotización en los fondos de ahorro, mil 250 semanas (equivalentes a 24 años de trabajo) con una aportación (entre patrones, trabajadores y gobierno) de 6.5% del salario base de los trabajadores; por lo que se estima que para 2021: 75 mil trabajadores habrán cumplido los requisitos que establece la ley para pensionarse (alcanzar los 65 años de edad) bajo el régimen de jubilaciones de 1997, y por ende comenzarán a retirarse de la vida laboral.

La Ley de 1973 aplica en trabajadores dados de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 30 de junio de 1997; y se calcula con base en semanas cotizadas y el salario promedio de los últimos cinco años laborados por el trabajador, mientras que en la Ley de 1997 se aplica a todas las personas que cotizan a partir del 1 de julio de 1997); por lo que solo 1% de ellos (750 personas) cumplirá con el tiempo de cotización suficiente en su cuenta de retiro y esto apenas le servirá para tener una pensión de aproximadamente 30% de su sueldo actual.

 

Asimismo las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) se crearon igual en 1997 con la finalidad de ayudar en el tema de las finanzas públicas, ya que en aquella época las “pensiones de beneficio definido” (esquema implementado bajo la Ley de 1973) le estaban costando muy caro al Gobierno en turno; sin embargo, la baja aportación en las cuotas de los trabajadores hoy en día bajo éste fondo de ahorro para el retiro (6.5% aprox.) arrastra como consecuencia que las pensiones (que inminentemente van a ser otorgadas) vayan a ser bajas, afectando en la calidad de vida de los derechohabientes sujetos a éste régimen pensionario.

 

Actualmente, el mercado de trabajo mexicano se caracteriza por tener elevados niveles de informalidad o trabajadores registrados con salarios base de cotización menores a los correspondientes por su labor realizada; lo cual supone ser que a partir del 2030 habrán muchos más adultos mayores por cada trabajador en activo que en 1997, y que muchos de ellos no tendrán acceso a una pensión digna por haber carecido de un empleo formal (al no ser sujetos a los beneficios del IMSS); sin mencionar que aún existen 19 millones de trabajadores que desconocen en qué AFORE se encuentra su ahorro para el retiro (lo que equivale al 30% de las cuentas que tiene el sistema de pensiones para operar en el mercado financiero).

Es debido a ésta situación que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) le otorga beneficios fiscales (en forma de deducibilidad) a aquellas empresas que implementen programas de ahorro para el retiro en beneficio de sus colaboradores (por concepto de previsión social) y a aquellos usuarios que realicen aportaciones adicionales a sus AFORE`s o contraten un Plan Personal de Retiro; de esta manera, personas físicas (asalariadas o con actividad empresarial) y morales pueden tener beneficios fiscales en un corto plazo y un mayor aprovechamiento de su ahorro en un mediano y largo plazo.

 

 

REFERENCIAS:

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  1. Edgar Arenas Sánchez
    #1
    21/11/20 08:56
    Muy buen post y de mucha utilidad.