Hay muchos mitos en torno al crédito hipotecario conyugal y a veces por hacerles caso se toman decisiones financieras erróneas. A continuación, revisemos algunos de ellos y veamos qué tienen de mito y de realidad.
Mitos y realidades del crédito conyugal - “El monto de crédito es menor a un crédito individual”
Falso: anteriormente así era por parte de algunos créditos del Infonavit, pero actualmente ya no es así. Cuando en el préstamo interviene alguna entidad financiera el monto es más alto porque considera ambos ingresos de la pareja y con ese dato define el monto a prestar y resulta mayor a uno individual.
Los montos máximos de préstamo los determina cada banco, así que se recomienda hacer una comparación.
Mitos y realidades del crédito conyugal - "No se pueden juntar créditos de Fovissste e Infonavit"
Falso: si un miembro de la pareja cuenta con crédito Fovissste y el otro con Infonavit ambos créditos se pueden unir para otorgar a la pareja un préstamo y así compren vivienda nueva o usada.
Mitos y realidades del crédito conyugal - "Se necesita el acta de matrimonio para solicitar el crédito conyugal"
Verdadero: para solicitar un crédito conyugal sí es un requisito indispensable este documento porque es la manera da acreditar el matrimonio. Además, ambos deben ser derechohabientes y llevar 18 meses cotizando.
Mitos y realidades del crédito conyugal - “En el crédito conyugal no revisan el buró de crédito”
Falso: al ser un producto financiero donde participan ambos, se requiere que los dos tengan buen historial de crédito, de modo que antes de pedir la hipoteca la pareja debe asegurarse que ambos tienen buen historial de crédito porque ello afecta el trámite.
Mitos y realidades del crédito conyugal - "Si alguno de los dos fallece, se cancela la deuda"
Falso: en un crédito conyugal ambos están obligados al pago de ese financiamiento, por lo tanto, si alguno de los cónyuges fallece el otro absorbe el pago de la deuda.