Quiero ser un analista independiente
He escuchado esto de muchas personas que quieren vincularse al mercado de valores. No es sencillo, es importante prepararse y la experiencia es algo que es muy valorado. Pero, ¿Cuáles son las características y obligaciones de un analista independiente?
¿Qué dice el reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores (También conocido como RIBMV)?:
Es la persona moral, nacional o extranjera, distinta a una casa de bolsa o institución de crédito, aprobada por la Bolsa que preste habitual y profesionalmente los servicios de Cobertura de Análisis a una o más emisoras, en los términos de este Reglamento.
La función del analista es proporcionar una cobertura sobre el desempeño de una o más emisoras de forma independiente.
Analista independiente: obligaciones
Los Analistas Independientes tendrán las siguientes obligaciones:
- Mantener en todo momento el carácter de independencia y, en caso contrario, deberá informar de manera inmediata a la Bolsa sobre la causa que originó el conflicto de intereses.
- Elaborar y presentar a la Bolsa, a través de Emisnet, la Cobertura de Análisis sobre la información financiera que sea del dominio público, correspondiente a las Emisoras a las cuales les preste este servicio, en los términos y plazos establecidos en este Reglamento.
- Sustentar su análisis con base en información financiera, económica, contable, jurídica, administrativa que sea del dominio público o bien, con aquella que sin tener el carácter de información privilegiada, haya sido proporcionada por la Emisora.
- Vigilar y controlar que su personal, no participe en actividades, negocios u Operaciones que impliquen conflictos de interés.
- Revelar en el reporte a que se refiere la fracción II anterior, que no son autorizados ni supervisados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Reporte de cobertura de análisis
Además de lo anterior el analista Independiente deberá presentar un reporte de cobertura de análisis de acuerdo a lo que sigue:
- Deberá presentarlo dentro de los noventa días naturales posteriores al inicio de la prestación de los servicios de análisis independiente.
- Deberá presentarlo dentro de los cinco días hábiles siguientes a que la Emisora entregue su información financiera trimestral y anual dictaminada conforme a los plazos previstos en este Reglamento.
El reporte que debe contener como mínimo:
A) Información General.
Descripción de la Emisora.
Sector al que pertenezca.
Principales Directivos.
Estrategia a Futuro.
B) Información Financiera.
Resumen de Estados Financieros.
Razones Financieras.
Modelo Financiero.
C) Información Bursátil.
Valor de capitalización.
Tendencia de Precios de los valores de la Emisora.
D) Conclusiones
Precio objetivo.
Valuación y cálculo del precio objetivo.
Explicación de los supuestos del Modelo de Proyecciones.