Acceder

Participaciones del usuario Wiijaen

Wiijaen 29/07/17 14:51
Ha respondido al tema OS del Banco popular ES0213790019 (8% 07/2021) y ES0213790027 (8,25% 10/2021)
Imagino que para que se te indemnicen, de alguna manera habrás tenido que presentar la reclamación. Es algo que deberíais pensarlo, porque me da la sensación que los que no presentéis nada, creéis que os lo van a llevar a casa... Esto es como la lotería, podrá tocarte o no, pero si no compras el boleto, es seguro que no te va a tocar! jeje Además de que las circunstancias obligan, siempre he dicho que es bueno presentar la reclamación. No presentarla resta fuerza y credibilidad. Es justo presentar la reclamación y pedir, cuando menos, indemnización por cómo ha ocurrido no? En eso estamos todos de acuerdo, supongo...Pues presentar la demanda!! no seáis cigarras, eso SOLO NOS PERJUDICA A TODOS LOS AFECTADOS, ya que nos resta fuerza y credibilidad. De hecho, es lo que pretende el Santander, sólo tenéis que ver cómo lanza esbirros como INDRA para intoxicar e intentar dividirnos! Un cordial saludo.  
Ir a respuesta
Wiijaen 26/07/17 03:35
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Hola, muy buenos días. Contra la Resolución del FROB, parece más recomendable presentar reclamación por daños y perjuicios. Hace 2 semanas la UE confirmó que las indemnizaciones que se establezcan por vía judicial respecto a esta resolución irían a cargo de la UE, lo cual indica que es bastante probable que se consigan indemnizaciones. Dejar claro que, en este caso, no se conseguiría recuperar el 100% del nominal, sólo una parte en concepto de INDEMNIZACIÓN. Pero tiene varias cosas positivas: La UE ya contempla esta posibilidad (indemnizaciones) y hacerse cargo. Es una vía compatible con el resto: Civil y Penal. Posible y seguramente se resuelva antes del resto de vías. La única pega que le veo a esta vía es que, en este caso, por lo menos Rúa Abogados, sí que precisa provisión (a fondo perdido). No es gran cosa, 100€ + IVA, pero es un dinero que hay que abonar de antemano y a fondo perdido. Eso sí, teniendo en cuenta que puede ser una inversión, no un gasto, pues es muy probable que la sentencia sea favorable a nuestro favor y nos genere indemnizaciones, compatibles con el resto de vías. En caso de sentencia favorable, ojo porque cada servicio jurídico puede cobrarte una parte proporcional de lo recuperado. En el caso de Rúa Abogados, en lugar del 5% que se cobra por la vía Civil, es del 10%. Pero en cualquier caso, creo que merece la pena intentarlo: hay elevada probabilidad de obtener sentencia favorable y al menos se recuperaría parte de la inversión, siendo además compatible con el resto de vías. Pero plantear demanda en el sentido de intentar conseguir la Nulidad de la Resolución de la JUR, parece muy poco probable de que termine con sentencia favorable a nuestros intereses. Un cordial saludo.  
Ir a respuesta
Wiijaen 26/07/17 02:33
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Hola Guaci, buenos días. Sobre las costas, posteé la siguiente información hace unas semanas: Respecto a las costas, hay 4 casos posibles: Obtienes sentencia favorable y el banco es condenado en costas: es la mayor probabilidad en este tipo de casos. En ese caso, los abogados que defienden tu caso, por lo general, cobran de la parte contraria, de ti no cobrarían nada. En algunos casos tu servicio jurídico cobra ambos conceptos: las costas condenadas a la parte contraria, y el % estipulado de lo recuperado. No hay condena en costas pero obtienes sentencia favorable: en ese caso los abogados que defienden tu caso cobran la parte proporcional de lo recuperado (lo que tú recuperes), estipulado en el documento de Poder. Para que te hagas una idea oscila en el rango 5%<->20%. No hay condena en costas y no obtienes sentencia favorable: no tendrías que pagar nada, sólo el tiempo perdido (que también cuenta...). No obtienes sentencia favorable y además eres condenado en costas: en ese caso pagarías las costas de la parte contraria, los abogados que defienden tu caso no te cobrarían. He ordenado los casos posibles de más probable a menos probable. La probabilidad del 4º caso es prácticamente nula, especialmente en los últimos años. Hay que tener en cuenta que, tal como ha sucedido y lo que reclamamos, el juez como mínimo ve que ha lugar la demanda, y que tiene bastante sentido el caso, independiente de la sentencia final. El juez sabe que, visto el caso y las circunstancias que te llevaron a interponer la demanda, no tiene sentido que te condene a tí en costas, teniendo además en cuenta el perjucio que ya has sufrido. Sobre acuerdo extrajudicial, si se finaliza de esa manera es que se ha llegado a un acuerdo, es decir, nosotros los afectados estamos de acuerdo con las condiciones para finalizar el proceso y no llegar a juicio. En ese caso, veo lógico que el servicio jurídico que ha defendido tu causa y que ha hecho posible unas condiciones que tú aceptas, cobre parte de lo recuperado (cobro a éxito), como es habitual en estos casos. Por último, respecto a recurrir las resoluciones de la JUR y el FROB, estoy a la espera de que me contesten algunas dudas Rúa Abogados. Una cosa positiva que parece tener es que es compatible con la demanda por vía Civil que se interponga ante la AN para intentar recuperar el 100% del nominal, aunque estoy a la espera que me lo confirmen explíticamente. Por otro lado, en caso de resultar favorable para nosotros finalmente, hay que tener claro que lo que se conseguiría es una indemnización, no la recuperación del 100% del nominal. Es decir, sólo se recuperaría una parte. Pero lo que me convence de esta vía es que la UE y la JUR en concreto YA contemplaban la posibilidad de tener que indemnizar a los afectados, y de hecho hace 2 semanas la UE confirmó que las posibles indemnizaciones por los afectados que se establezcan por vía judicial de esta resolución irían a cargo de la UE, por lo cual parece bastante probable que se produzcan indemnizaciones. Por tanto y si realmente no afecta a la vía de la demanda Civil, es recomendable presentar la reclamación contra la resolución de la JUR y el FROB. Un cordial saludo.    
Ir a respuesta
Wiijaen 24/07/17 05:11
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Sobre los bufetes de abogados para llevar este caso, después de informarme y contactar con distintos de ellos, seguramente me decida por Rúa Abogados. Cobran también a éxito, en este caso sólo un 5% de lo recuperado y la demanda civil ante la Audiencia Nacional que han preparado va encaminada a recuperar el 100% del nominal, no una parte en concepto de indemnización. Prueba a contactar con ellos y que te informen a través de la plataforma: https://afectadosbancopopular.es Un cordial saludo.  
Ir a respuesta
Wiijaen 24/07/17 04:51
Ha respondido al tema Demanda colectiva Accionistas Popular
Veo que sigue habiendo el mismo problema: para qué leéis a INDRA? Daros cuenta que su única intención es malmeter e intoxicar. Daros cuenta también que mientras él cobra por hacer lo que hace en estos foros, vosotros no, sólo perdéis tiempo y os molesta. Simplemente, IGNORADLO! ;-)  
Ir a respuesta
Wiijaen 14/07/17 13:10
Ha respondido al tema Afectados OS Banco Popular
Ese creo que es otro punto interesante a tratar en los juzgados: el abuso de posición dominante y la imposición en las condiciones de compensación. Por otro  lado y por mucho que algunos intenten justificarlo, sigue sin tener sentido(legal) hacer distinción entre comprar los productos en ventanilla y comprarlos en el SEND. Un cordial saludo.  
Ir a respuesta