Hola,
Sí que pueden modificarlos, pero deben comunicar dicho cambio al usuario con al menos 15 días de anticipación, mediante un comunicado escrito (una carta, un correo electrónico, los estados de cuenta), o cualquier otro medio directo de comunicación.
Los cambios en aspectos del contrato que no sean tasas de interés, comisiones o gastos, deben informarse al cliente con 30 días de anticipación.
Un saludo.