Buenas Jaime, Te dejo aquí un video que explica todo lo que debes saber sobre las declaraciones complementarias en función de cual haya sido tu error! un saludo
Hace poco se publicó un vídeo, relacionados con las devoluciones en el canal de youtube de Rankia por si te interesa echarle un vistazo: https://www.youtube.com/watch?v=7rWoUKAivVQ
Hola Jaime, Hay diferentes tipos de declaración en función del fallo que hayas cometido, los tipos que hay son lo siguientes: Para corregir los errores de la Declaración Para los que no la han presentado Para los que han presentado la Declaración pero fuera de plazo Para los que quieren modificar datos relacionados con la determinación del impuesto o pago La Declaración complementaria hay que presentarla cuando te des cuenta de que has omitido algún pago haciendo tu declaración o cuando el SAT le manda un remite en el que tu declaración esta incorrecta o te faltan documentos, justificantes o culaquier tipo de error que hayas cometido, y en efecto, las declaraciones complementarias son para corregir errores en la declaración original. Un saludo jaime
Hola Antena,
Antes de nada le diré que lo primero que tiene que hacer es presentar su Declaración en tiempo y además renovar su FIEL lo antes posible. Si ha hecho ya la Declaración y no ha solicitado la devolución puedes solicitarla aún, ya que la obligación de la autoridad fiscal para devolver saldos a favor prescribe después de 5 años.
Le dejo aquí un link con toda la información que necesitas para presentar tu solicitud de devolución del ISR
http://www.rankia.mx/blog/isr-impuesto-renta/2696571-devolucion-isr
Hola analuisa, aun que sea por un retiro anticipado (y no por separación del trabajador) todos los intereses generados por una institución del sistema financiero, en el DeclaraSAT deberás capturarlos en el apartado de intereses:
1 Provenientes del sistema financiero.
Un saludo