Es probable que las aportaciones que hizo sean bajo el artículo 185 LISR (antes 218), si es así; entonces si tendrá que esperar 5 años como indica la ley para poder retirar esos recursos.
saludos
Lastimosamente hay desconocimiento hasta del concepto de las multas aplicadas a esas Afores, lo que es verdaderamente importante es que los trabajadores sepan que solamente están aportando un 6.5% de su salario para su retiro, que con la gestión de esas operadoras alcanzarán máximo un 30% de ese salario como pensión. Existen alternativa se como los Planes Personales de Retiro para garantizar una vejez digna.
Hola, como asesor te recomiendo buscar una compañía especializada en administración de activos (Allianz, Old Mutual, Sura, Principal), que además de ser eficientes administradores; te dan la oportunidad de darle un tratamiento fiscal al PPR y poder deducir las aportaciones realizadas al plan.