Hola buenas tardes:
Seria a través de la pagina de sat, pero hay una limitación que quien esta con actividad empresarial no puede cambiar a RIF, aunque si lo requieres, puedes acercarte a la PRODECON mas cercana para que ellos puedas hacer todo el proceso y lo puedas lograr. Espero te haya servido. Saludos
Hola necesitamos mas información para poderte contestar, podrías decirnos bajo que régimen te diste de alta, por lo que puedo notar es en Régimen de incorporación fiscal (RIF), si es así, aunque el primer año tengas la reducción del 100% de tus impuestos, no quiere decir que no se estén generando, por lo que tendrás que presentar la declaración cada bimestre. Espero te haya servido la información y nos envíes el dato para ayudarte. Saludos
Hola buen día. En qué año dejaste de laborar tienes tú baja y tú finiquito. Si fue antes del ejercicio 2017 no hay que presentarla pero si no habría que analizar tu situación en específico para dar esa respuesta. Espero te sirva mi opinión.
Hola Angel:
Tendrías que brindar mas información ya que si estas dado de alta en algún régimen, tendrás las obligaciones hasta que des de baja dicho régimen , ya que no importa que seas pensionado, puedes estar dado de alta por actividad empresarial y como asalariado, y al tener las dos actividades, no importa el ingreso que generes, tendrás obligación de presentar tu declaración anual. Podrías solicitar a través del portal una constancia de situación fiscal para comprobarlo. Espero te haya servido de ayuda.
Hola buenas tardes:
Te comento como es el comprador a el no le corresponde ninguna obligación de retención o pago de ISR , si no al vendedor y al notario en su caso, como te explico la autoridad hacendaría los derechos y obligaciones prescriben a los diez años , así que ya esta prescrita la obligación para el VENDEDOR y para la autoridad de reclamar algún pago. No comentas que tramites esta realizando. Espero te haya ayudado.