Según la ley , el arrendador se tiene que ocupar de los desperfectos que se produzcan por el paso del tiempo y el uso normal de la vivienda. Si el cerrajero puede decir eso será fácil que lo arregle. Aunque te digo adelantadamente, que suele ser un tema bastante conflictivo entre arrendador y arrendatario, ya que la ley no establece cosas determinadas. Un saludo
Creo que te ocnfundes, te han dicho que hagas una complementaria del ejercicio pasado, es decir, de la Declaración de la Renta que presentaste el año 2015. Este año si aun no la has presentado, presentala, pero será una declaración normal. Las complementarias son para cuando ya has hecho una declaración y posteriormente te das cuenta de que te has equivocado en algo que beneficia al contribuyente (tu caso). Un saludo
Buenos días Juanjo, Creo que no tendrías obligación de tributar, porque no has tenido ganancias patrimoniales. Solo se declara si has obtenido ganancias patrimoniales. De todos modos, puedes hacer el borrador, y en la parte superior derecha de la própia declaración te indica si estás o no obligado a tributar. Un saludo
Buenos días Mary, Te dejo un hilo de foro en el que se ocmentó bastante este tema. Si tienes más dudas plantealo directamente en ese foro. Foro sobre la revalorización de la pensión de viudedad Un saludo
Buenas tardes Gomezdelrio, He estado buscando y no estoy segura de si después de 2015 se ha hecho alguna modificación al respecto. En la agencia tributaria he ecncontrado esto: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Exencion_por_reinversion_de_la_vivienda_habitual.shtml Pero cabe recordar que la inversión tend´ria que ser en la vivienda habitual. No es el caso, entonces no creo que podais aplicarlo, ya que las viviendas no van a ser la vivienda habitual. Un slaudo y a ver si alguien más del foro puede ayudarnos.
Buenos días Salceda, en este caso o estoy segura de si tendrías que volver a presentar o no.
Puedes plantear tu duda en el foro de fiscalidad general, ya que este artículo habla solo sobre la Declaración de la Renta o IRPF.
Un saludo,
Te dejo el enlace al foro general de Fiscalidad: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas