Si te han cambiado de Afore, sin tu ocnsentimeinto, tienes 180 días hábiles, contados a partir de que recibiste algun documento que así lo compruebe; acude a Condusef e interpon queja contra la Afore receptora; de comprobarse el ilicito, la Afore sera severamenta multada así como el Agente Promotor que hizo el cambio, te resarcirán con los rendimientos más altos habidos en el periodo en que estuvo tu cuenta fuera de la Afore transferente, te devolveran las comisiones cobradas y la cuenta regresará a tu Afore original; solo la denuncia acabará con prácticas indebidas; te recomendamos visites la pagina http://miretiroypension.com
Hola Pepe, las mayores diferencias las observas en las opciones ISSSTE, sin embargo, tem comento que los sistemas de reparto, van de salida; ¿cuanto tardarán? Hasta que fallezca el último pensionado con derecho a ese sistema o sus beneficiarios, al extinguirse la obligación legal de pagarles su pensión.
Sin embargo, en la tabla se muestran solo las opciones del IMSS e ISSSTE, pero existen más de 130 esquemas, muchos de ellos similares, más no semejantes, que operan para dependencia y entidades federales, estatales, municipales, universidades, etc.
Para datos y detalles puedes visitar la página http://miretiroypension.com
Saludos cordiales
Es correcto lo que le han informado; para poder optar por una jubilación debe tener un mínimo de 28 años de servicio y cumplir el requisito de la edad previsto en la Ley del ISSSTE, Art. 10mo Transiforio, frac. II, inciso a.
Reciba un afectuoso saludo
Lic. JG Melchor
Mi Retiro y Pensión