Cuando se compra una vivienda siempre aconsejan solicitar una nota simple al registro para ver que no está gravada. En este caso en el registro consta como que tiene deudas pendientes y eso lo debían haber arreglado los vendedores antes de traspasarte la vivienda.
Donde has de arreglar eso es en el registro. Si estaba pagado justificarlo en el registro porque de lo contrario habrás de pagarlo tú, ya que al transmitirte la vivienda te transmiten todas las deudas que con ella vayan.
Saludos.
En lugar de hipotecar el piso tuyo y de tu madre deberías hipotecar el nuevo piso y que avale tu madre. Es lo mismo que tienes en mente, pero la operación lógica para una entidad financiera.
Saludos.
Se supone que se compra la vivienda para vivir en ella. Si la alquilais hasta abril de 2011 en la declaración de la renta de 2010 no os podréis deducir ninguna cuantía por adquisición de vivienda habitual, ya que no residís en esa vivienda.
Saludos.
El IVA se paga para viendas nuevas, en su defecto se paga ITP. El IAJD siempre que pase por notario se paga también.
Serán dos escrituras una de propiedad de la vivienda y la otra de la hipoteca.
Saludos.
Si no has firmado nada con los electrodomésticos, alguien habrá tenido que firmar su compra. Si ha sido el constructor y se comprometió a pagarlos debería pagarlos él. Si te queda algo por pagarle al constructor podrías apretarle diciendo que le pagas al de los electrodomesticos.
Por otro lado deberías tener algo firmado en relación a quien compraba los electrodomesticos. si en tu contrato indica que los paga el constructor, yo le sacaría una copia al de los electrodomesticos y se la pasaba. Y solo dejaría que se llevaran los electrodomesticos de mi casa si el constructor me da el dinero para comprarlos en otro sitio.
Saludos.
El plazo de 2 meses creo es el que tienen las entidades para contestar. Lo mejor que puedes hacer es llamar al Banco de España al 901 545 400 (servicio de reclamaciones). No creo que sea algo que prescriba por tanto podrás reclamar aún pasados más de 2 meses.
Saludos.
En el contrato de tu hipoteca tu banco te puede pedir unas vinculaciones: seguro, plan de pensiones, domiciliación de nómina,... pero no suelen poner vinculaciones de saldo. Así que podr´´as tener cuenta en la entidad que quieras siempre que tengas mensualmente saldo en tu cuenta para el recibo de tu hipoteca.
Saludos.
Son muchas vinculaciones las que te piden en Banesto. Debes comparar la oferta en global, lo que pagas ahora y las vinculaciones que tienes en el BBVA con lo que pagarías y las vinculaciones que te piden.
Después de todo lo que has explicado yo tampoco tengo claro que te compense la subrogación.
Saludos.
¿Tienes la obligación de subrogarte a la hipoteca del promotor? Te ahorras IAJD, pero puedes comparar la oferta con el préstamo de otras entidades:
http://www.rankia.com/articulos/210086-eleccion-hipoteca-proceso-tramitacion
Saludos.