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Agronomo1982

Se registró el 13/04/2018
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Agronomo1982 12/05/18 14:33
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Maty y Jorge muchas gracias por sua valiosas informaciones y ya teniendo un panorama mas amplio en lo que concierne a la Modlaidad 40 y habIendo leido en una de sus respuestas a otro usuario de que es posible tambien tomar en cuenta las semanas cotizadas en el ISSSTE, quiero preguntarles cual seria el mecanismo para trapasar esas semanas cotizadas en el ISSSTE, ya que fueron como 2 años que estuve laborando en una secretaria y esto aumentaria mis semanas cotizadas. Saludos
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Agronomo1982 18/04/18 22:55
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Gracias por tus respuestas Jorge, pero refiriendome al punto 2 de tus respuestas no me queda bien claro, ya que practicamente son los ultimos 5 años de estar pagando los que se promedian no es asi, entonces si pago por 5 años en la modalidad 40 un monto de 4,030.00 msuales, estos son los que se promediarian no? de ser asi entonces el promedio seria de $1,350.00 (salario base de cotización diario promedio de los últimos cinco años.)dando como resultado una pension mensual de $40,500.00, no es asi; por que ya no se tomarian para promediar las otras semanas donde tenia solo 3 salarios minimos. Pregunto si esta bien mi apreciacion?
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Agronomo1982 16/04/18 22:46
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Por lo de las 52 semanas no hay problema; Para el calculo de la pension de jubilacion, si ahorita tomo el salario promedio de las ultimas 250 semanas, me saldria muy bajo, ya que actualmente no rebasa los 3 salarios minimos, por tal motivo mi intencion es inscribirme en dicha modalidad y pagar de ser posible durante 5 años mensualidades de $4,030.00 para segun yo alcanzar una pension mensual de $40,000.00; dado esto te pregunto si es correcta mi apreciacion o aun asi se tendria que promediar con las 250 semanas anteriores a la inscripcion de la modalidad 40? Ahora si por algun problema solo la pudiese pagar los 3 primeros años, entonces se promediarian estos 3 años con 2 años anteriores a la incripcion en la modalidad, teniendo para ello 64 años de edad? Que pasaria con el monto pagado por 2 años si dejase de pagar y me dan de baja y ya no pudiera volver a re-ingresar, se perderia ese monto en ese momento, ó se promediaria con las semanas de lo años anteriores hasta ajustar las 250 semanas? Igual en el caso que después de estar pagando ya por varios meses la persona falleciera, que pasaría con el monto total que se había pagado? Una vez inscrito en la modalidad 40, cual es la minima edad con la que se puede uno pensionar? esto lo pregunto por que como mencione anteriormente si estoy pagando en la modalidad y a los 3 años ya no puedo continuar pero en ese momento mi edad es de 63 ya casi para cumplir 64 años, ahi puedo decir solicito mi jubilacion y se haria la correspondiente promediacion?
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Agronomo1982 13/04/18 00:34
Ha comentado en el artículo Modalidad 40 del IMSS: derechos, requisitos y preguntas frecuentes
Buena noche; En julio de este año cumplo 61 años y empeze a cotizar desde 1987 y actualmente tengo 1363 semanas cotizadas; Tengo entendido que con esto soy sujeto a contrtar la modalidad 40, ¿no es asi?, Quiero preguntar si para poder obtener la pension con el salrio deseado, tengo que pagar la mensualidad durante 5 años o puede ser menos tiempo dadas mis condiciones de edad y semanas cotizadas? tengo entendido que si deja uno de pagar 2 mensualidades le dan a uno de baja y que puede solicitar nuevamente la inclusión antes de pasar 12 meses? se tomaran en cuenta ya los meses que se habían pagado, es decir son acumulativos al renovar la inscripción en la moalidad 40; También que pasaría si después de estar pagando mas de 2 años las mensualidades, por alguna razón ya no pudiera uno seguir pagando, ¿ que pasaría en este caso? se pierde lo pagado? o de alguna manera se lo reembolsan al contratante? Igual en el caso que después de estar pagando ya por varios meses la persona falleciera, que pasaría con el monto total que se había pagado? En los derechos que otroga dicha modalidad describe Seguro de Invalidez y vida; ¿Cuándo y como aplica esto? Donde se hacen los pagos? Se pueden hacer por internet y de ser asi como se obtendría un recibo oficial? De antemano agradezco la atención y respuestas a mis interrogantes
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