Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal que no hayan superado los 100 mil pesos de ingresos en el último año de tributación podrán beneficiarse de una reducción de los impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios del 100%.
Puede suponer un ahorro muy importante para algunos sectores como la minería y las manufacturas o construcción donde el porcentaje de IVA es más elevado. Estos beneficios los obtendrán únicamente si tributan el Régimen de Incorporación Fiscal.
¿Cuáles son los requisitos para estar en el Régimen de Incorporación Fiscal?
Para tributar por el Régimen de Incorporación Fiscal se deben tener operaciones con el público general y cumplir con las siguientes obligaciones:
- Solicitar y conservar todos los comprobantes fiscales de gastos
- Registrar las operaciones en Mis Cuentas
- Presentar una declaración bimestral y pagar los impuestos que correspondan
- Las compras o inversiones superiores a 2,000 pesos se realizarán a través de cheque, tarjeta de débito o tarjeta de crédito.
¿Cuánto se reducirá el impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios?
La reducción irá descendiendo con los años cotizados en el Régimen de Incorporación Fiscal:
¿Qué ocurre si realizo actividades con el público general en varios sectores?
En este caso deberás utilizar el porcentaje para calcular el IVA del sector de donde provenga la mayor parte de los ingresos. En caso de que los ingresos provengan en la misma cantidad el sector preponderante será el del mayor porcentaje de IVA.