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Compensación del ISR

Ya que en breve tendremos que presentar nuestra declaración anual 2016...en este post os explicamos algunos conceptos básicos acerca de la compensación del ISR, así como la forma en que deberíamos solicitarlo. Qué es, de dónde viene, cómo se solicita...etc. Es un concepto que está bastante relacionado con la devolución del ISR. Pero su explicación, la encontraremos en otro post. 

 

Compensación del ISR

¿Qué es la compensación del ISR? 

Cuando presentamos nuestra declaración anual, puede ocurrir que nos salga saldo a favor, saldo a pagar o saldo cero. En el caso de que nos salga saldo a pagar es cuando podemos acudir a la compensación. Esta, surge de la existencia de deudas por parte de ambos lados: fisco y contribuyente. De esta forma unas deudas se compensan en totalidad o en parte con las otras. 
Lo bueno de la compensación es que el contribuyente no tiene que abonar el saldo a pagar que le resulta de la declaración anual.  

¿Quiénes pueden compensar el ISR?

Todas aquellas personas, tanto físicas como morales que quieran realizar la compensación siempre que hayan avisado de la misma a través de la página web del SAT, en la sección “Mi Portal”.
Pero atención, porque no puede compensarse siempre. El aviso debe ser dentro de los 5 días siguientes después de realizada la compensación, o bien de acuerdo al sexto digito numérico de la clave del RFC de conformidad a este listado:
  • 1 y 2 Sexto y Séptimo día hábil siguiente
  • 3 y 4 Octavo y Noveno día hábil siguiente
  • 5 y 6 Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
  • 7 y 8 Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
  • 9 y 0 Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente

¿Cómo compenso el ISR?

El aviso de la compensación se realiza por internet y deberemos seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página del SAT, sección “Mi Portal”, Servicios por Internet.
  2. Elegir las opciones Devoluciones y Compensaciones, Registro de Solicitud. 
  3. Llenar el cuestionario electrónico y obtener acuse de recibo de la compensación.
  4. Enviar la solicitud de compensación a través de la página del SAT. 

 

Si aún tienes dudas sobre cómo el fisco y usted pueden compensar sus deudas, déjenlas en el foro, o consulten los otros post acerca de la declaración anual 2016

  1. Nuevo
    #1
    03/06/17 07:43

    una pregunta, al devoleverme el isro la deduciion de onfonavit, tengo que hacer mi declaracion anual? es decir me trae consecuencias??
    o solo es el derecho que tengo de que me devuelvan mi isr e interes del infonavit???

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