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Devolución del ISR

Con motivo de la declaración anual nos empiezan a surgir preguntas... Entre ellas: ¿y si me sale saldo a favor? Relacionado con el concepto de compensación del ISR, a continuación os explicamos y solucionamos vuestras dudas sobre la devolución del ISR. Hablaremos de qué es y por qué surge, así como de la forma y requisitos en que debemos solicitarlas. 

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Devolución del ISR 

¿Qué es la devolución de impuestos?

La devolución de impuestos es el derecho que tenemos todos los contribuyentes y que nos permite recuperar los montos de saldo a nuestro favor.

¿Y cuándo me sale saldo a favor? 

  • En caso de practicarme deducciones, teniendo en cuenta el límite establecido por la ley. 
  • Si las retenciones que te han practicado ya abarcan la totalidad de lo que deberías de pagar, e incluso lo superan, en este caso te puede salir saldo a favor.
  • También puede ocurrir que hayas pagado alguna cantidad por error, o más de lo que debías haber pagado, debido por ejemplo a un error en el cálculo de los impuestos, y en este caso también se generaría también un saldo a tu favor. 

Las personas que pueden solicitar la devolución del ISR son las personas físicas y morales que deseen solicitar una devolución de saldo a favor. 

Para presentar la solicitud de devolución de impuestos puedo acudir a través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”. Los pasos a seguir serían: 
  1. Ingresar a la página del SAT, sección “Mi Portal”, Servicios por Internet. 
  2. Elegir las opciones Devoluciones y Compensaciones, Registro de solicitud.
  3. Llenar el cuestionario electrónico y obtener el acuse de recibo de la devolución.
  4. Enviar la solicitud de devolución a través de la página del SAT. 
  5. Y por último, deberíamos obtener como documento el acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. 

¿Cuánto tarda el SAT en realizar la devolución del ISR?

En principio la devolución debe efectuarse en los 40 días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud con todos los requisitos:
  • Datos del banco
  • Número de cuenta Clabe para transferencias electrónicas
  • Informes y documentos necesarios para comprobar que existe el saldo a favor solicitado. 
Es posible que la autoridad requiera al contribuyente para que aporte documentos una segunda vez en un segundo requerimiento. De esta forma, el periodo de ampliaría unos 20 días más, hasta llegar a 60 días en total. 
 
 
 
Por otro lado, en el caso de que los contribuyentes dictaminen sus estados financieros por contador público autorizado, el plazo para la devolución será de 25 días hábiles.  
 

¿Cuál es el plazo para solicitar la devolución de mi saldo a favor?

Al igual que los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes, la obligación de la autoridad fiscal para devolver saldos a favor prescribe después de 5 años. Por tanto la solicitud la deberíamos realizar dentro de ese plazo.
 
devolcuión del ISR
 
 

¿Cuáles son los requisitos para presentar mi solicitud de devolución del ISR?

Los requisitos que exige el SAT en su página web los establece en forma de tabla, tanto para personas morales como para personas físicas. Además, añade algunos documentos que la autoridad podría requerir para realizar el trámite de la devolución. A continuación les dejo dichas tablas, para que puedan saber qué deben tener para realizar la solicitud de la devolución del ISR:  
 
requisitos solicitud devolución
 
Además, como hemos visto, es posible que la autoridad fiscal nos requiera algún documento más. Para ello tendremos que tener presente los siguiente: 
 
documentación adicional autoridad fiscal
documentación adicional autoridad fiscal 2
 

Espero que estos consejos y pasos os sirvan para el caso en que el fisco os tenga que devolver algún monto. Si aún se quedan con dudas o tienen más preguntas acerca de la declaración anual 2016, ¡no duden en consultar las páginas relacionadas que les dejo más abajo!

 
Para más información sobre cómo presentar la declaración anual, te recomendamos que consultes este resumen que hemos preparado para ti: 
 

  1. Nuevo
    #1
    22/05/19 18:07

    Hola¡ Como le hago para solicitar el ISR si trabaje para INEGI, INEA y SEDESOL PROSPERA?

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