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Sabemos que en el mercado se encuentran muchísimas empresas, con el objetivo de maximizar ganancias y minimizar pérdidas, que a diario compiten por ser la favorita de los consumidores.

Según la COFECE, la competencia económica es el esfuerzo que realizan las personas, comercios o empresas para ganar la preferencia de las personas. ¿Cómo hacen esto? La idea es que ofrezcan productos de mayor calidad y a mejores precios, para que así el consumidor elija el bien o servicio que mejor se ajuste a sus necesidades. 

Este sería el escenario de una competencia en la que todos tienen oportunidad de ofertar sus productos y que el consumidor sea el que elija lo que mejor le conviene. Pero a veces en la práctica no es así. 

Hoy hablaremos de prácticas monopólicas. Éstas se dividen en dos: absolutas y relativas.

De acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica, las prácticas monopólicas relativas son aquellas acciones que empresas, con poder sustancial, llevan a cabo para obstaculizar la entrada de otros agentes económicos al mercado.

Estas acciones pueden ser condicionar la venta de un bien a la compra de otro, imponer exclusividad para vender o comprar, descuentos selectivos, presionar entre varios competidores a otro e incrementar los costos de hacer negocios para rivales, entre otros.

En el caso de las prácticas monopólicas absolutas, éstas son aún más graves, pues son contratos convenios, arreglos o combinaciones entre competidores, para fijar precios, oferta, dividir mercados y coordinar posturas en licitaciones. 

En un mundo ideal, este tipo de prácticas no deberían suceder, pero ocurren, por lo que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) se encarga de sancionar estas conductas, ya sea ordenando que se suprima la práctica o con multas.
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