El mes de abril ha comenzado y con ello la obligación de algunas personas físicas de hacer una declaración anual de ingresos ante el SAT. ¿Quiénes son las personas asalariadas que están obligadas a presentar dicha declaración?
· Personas con ingresos mayores de $400 mil pesos anuales.
· Personas que tuvieron dos o más patrones en un año, aunque los ingresos no rebasen los $400 mil pesos
· Personas que tengan un empleador que no hace la retención de impuestos, como embajadas u organismos internacionales.
· Personas que hayan obtenido ingresos adicionales a tu salario (rentas, honorarios, actividades empresariales)
· Personas que hayan percibido ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o alguna otra indemnización laboral
Si caes en alguno de los puntos anteriores, es necesario que hagas tu declaración anual, pero ¿cómo la debes hacer? Actualmente el trámite es hecho vía internet y la información para tu declaración se encuentra precargada por lo que deberás simplemente revisar y completar esta misma en caso de hacer falta. A continuación, te presento los pasos que debes seguir de manera general:
1. Ingresa directamente al portal del SAT o bien busca en algún motor de búsqueda como Google “declaración anual 2020” y entra al primer enlace que encuentres.
2. Ingresa al apartado de declaración anual
3. Ingresa tu RFC y contraseña (si no cuentas con la contraseña, deberás crearla siguiendo los pasos indicados en la página
4. Ya que entres al sistema encontraras un menú en donde hay tres pestañas
a. Ingresos: Contiene tus ingresos por el salario y los ingresos generados por inversiones (en caso de tenerlas)
b. Deducciones personales: Se encuentran las facturas de conceptos deducibles que se hayan emitido a tu nombre.
c. Determinación: En este apartado te dirán si has pagado todos tus impuestos (balance = 0), si por el contrario le debes al fisco (en este caso deberás hacer un depósito por la cantidad indicada), si tienes saldo a favor (el balance fue positivo por tus deducciones)
Cabe señalar que los conceptos que son deducibles para una persona física en calidad de asalariado son:
· Gastos médicos y dentales
· Gastos funerarios
· Pagos por primas de seguros médicos
· Intereses reales cobrados por hipotecas
· Donativos
· Aportaciones adicionales al AFORE o al PPR
· Colegiaturas (de primaria a preparatoria)
En caso de tener un saldo a favor el sistema te dará la opción de devolver este saldo a una cuenta tuya para lo cual te pedirán tu número de CLABE. Es necesario hacer énfasis en que si tu saldo a favor es mayor de $15 mil deberás contar con tu firma electrónica para que se te devuelva este dinero.
Al revisar todos tus datos y constatar que se encuentren bien llenados, puedes enviar tu declaración y el sistema te dará un acuse el cual es tu comprobante que hiciste de manera correcta tu declaración anual.
Por último, es importante mencionar que, si tienes inversiones o factores que consideres más complejos para declararlos tú mismo, es recomendable que contrates a un contador de tu confianza.