En materia de Asesoría de inversiones existen obligaciones en cuanto a la razonabilidad en las recomendaciones, pero ¿Qué es esto?. Todas las instituciones financieras, o bien, los asesores en inversiones que brinden asesoría de inversiones, deberán (previamente a cada consejo, recomendación o sugerencia personalizada) tener la certeza de que son razonables para los clientes y las cuentas de las que se traten.
¿Qué es la razonabilidad en las recomendaciones de inversión?
Los asesores deberán verificar la congruencia existente entre: El perfil del cliente de que se trate y el perfil del producto financiero
También, las instituciones financieras y los asesores en inversiones tienen que cumplir con los límites máximos que han sido establecidos por el comité responsable del análisis de los productos financieros de la institución.
En el caso de asesores en inversiones que sean personas físicas, estos deberán establecer dichos límites de conformidad con la política para la diversificación de carteras de inversión y realizado su documentación con anterioridad.
También, las instituciones financieras y los asesores en inversiones que ofrezcan asesoría de inversiones, tienen la obligación de contar con políticas para la diversificación de las carteras de inversión de los clientes que tengan, siempre en función de los perfiles de inversión de los clientes, los perfiles deberán ser elaborados por el comité responsable del análisis de los productos financieros, o bien, por el órgano equivalente.
Cuando se entreguen físicamente o por algún medio informativo sobre los productos de inversión, estos deberán ser previamente autorizados por el Comité responsable de analizar los productos financieros o el órgano equivalente.
Esta información como mínimo deberá presentar:
- El prospecto de información o colocación sobre los valores correspondientes.
- Cualquier otro documento autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
- Mencionarse en qué lugar podrían ser consultados por los clientes.